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2011/05/04

La CMT lo deja claro: no se puede cobrar por cancelar la portabilidad

Telefónica ha tirado la primera piedra. Lo ha hecho en una consulta al regulador del sector de las telecomunicaciones, la CMT, donde lanza a la arena pública la polémica sobre si se puede cobrar al usuario por iniciar el proceso de cambio de operador fijo o móvil (la portabilidad) y luego cancelarlo. El exmonopolio dice que no tiene intención de comenzar a cobrar por ello, pero asegura que, a su juicio, la ley lo permite y que el sector podría implantar esta costumbre, puesto que la regulación no dice nada al respecto.
Lo cierto es que hay algunas compañías que cobran a los usuarios por cancelar la portabilidad, por iniciar el trámite para irse con ellas y luego anularlo. Y esta práctica es contraria a los intereses de Telefónica, porque en muchas ocasiones es esta compañía la que está tratando de convencer a sus usuarios para que no se vayan con ofertas de retención y el hecho de que tengan que pagar por quedarse finalmente con Telefónica puede llegar a desincentivar al cliente.
Hasta 50 euros por cancelación
Según los datos de la CMT, Orange cobra por portabilidad cancelada en móvil y en fijo. Son 30 euros en ambos casos. The Phone House impone una penalización de 50 euros por cada cambio interrumpido por voluntad del cliente para cualquier operador de destino.
Pese a la opinión de Telefónica de que estos cobros son legales, la CMT es contundente: no lo son, según asegura en una resolución de su consejo. Eso sí, lo primero que dice el regulador es que no se trata de una competencia que recaiga sobre ella, sino que son las leyes de consumo las que lo vigilan. Y "las Leyes de Defensa de los Consumidores y Usuarios y de Ordenación del Comercio Minorista impiden expresamente cobrar al usuario algún tipo de gasto incurrido por el operador como consecuencia del desistimiento del contrato, como es la cancelación de la solicitud de portabilidad necesaria para la prestación de sus servicios. Además, tampoco es posible fijar al usuario garantías o anticipos de pago previos a la prestación del servicio que aseguren un eventual resarcimiento del operador para el caso de que se ejercite la cancelación de la portabilidad numérica", explica la CMT.
Y, si se le pregunta su opinión, el regulador respalda letra por letra lo que dicen las leyes de consumo. "La posible utilización generalizada por todos los operadores de la práctica de obligar a constituir depósitos, como garantía ante una posible cancelación de la portabilidad, puede llegar a desincentivar a los usuarios a ejercitar el derecho a cambiar de operador por temor a la importante repercusión económica que puede tener solicitar el cambio de operador. Ello, porque una vez solicitado dicho cambio de operador, posteriormente, el usuario puede verse motivado a cancelarlo debido a la contraoferta que su operador donante le pueda hacer, que mejore la del operador potencialmente receptor de su numeración", añade la comisión.
Trabas a la competencia
El regulador tampoco tiene problema alguno para decir que la actitud de The Phone House y Orange es contraria a la ley. "Dadas las cantidades cobradas por los operadores (50 euros por parte de The Phone House y 29,95 euros (sin IVA) para las numeraciones fijas y 30 euros para las numeraciones móviles por parte de Orange), esta comisión considera que dicha repercusión podría suponer una traba práctica para los usuarios que les limite la libertad de opción y de elección de operador de conformidad con los derechos que tienen reconocidos por el ordenamiento jurídico (derecho a desistir)".
Lo único que permite la CMT es repercutir al usuario el coste que se cobran las operadoras de fijo entre ellas cuando se cancela una portabilidad: 0,41 euros. Es un coste en el que incurren y pueden trasladarlo, porque la comisión entiende que ese importe no desincentiva la cancelación, en caso de que el usuario quiera hacerlo. Cualquier cantidad superior o en telefonía móvil cuenta con la oposición de la CMT.

Cinco Dias

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