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2013/09/25

El juego ‘online’ perdió 72 millones en su primer año con impuestos

El mercado del juego online español registró unas pérdidas de 72,5 millones de euros entre junio de 2012 y junio de 2013, el primer ejercicio completo del nuevo modelo fiscal aplicable a las empresas, debido a la elevada carga fiscal que soportan los operadores del sector, según las conclusiones de un informe realizado por la Asociación Española de Juego Digital (Jdigital), la patronal del sector, y la consultora Deloitte.

Las cantidades jugadas en las distintas modalidades de juego online en ese periodo alcanzaron la cifra de 5.400 millones de euros, de los que 5.166 millones fueron repartidos en premios, lo que supone que los ingresos netos o GGR (cantidades apostadas menos premios) han ascendido a 234 millones de euros. De esa cantidad, se han pagado 104,8 millones en tributos, a la que hay que detraer también 127,4 millones de gastos en publicidad y otros 74 millones en otros gastos operativos por lo que el balance es un déficit de 72.5 millones de euros, lo que supone, frente a los ingresos netos de dicho periodo, una pérdida o rentabilidad negativa de casi el 31%

En concreto, desde que se otorgaran las nuevas licencias en junio del año pasado, sujetas al cumplimiento del nuevo régimen fiscal las 50 empresas que operan en el sector han abonado 58,5 millones del Impuesto sobre Actividades de Juego (IAJ), que grava con un tipo de carácter general del 25% sobre los ingresos netos; 4 millones por la Tasa por la Gestión Administrativa (0,75 por mil de los ingresos brutos) y 42,3 millones de euros por IVA.

Según el informe esta elevada fiscalidad pone en riesgo la sostenibilidad de los operadores españoles y su desaparición o huida hacia otros mercados con menor fiscalidad como Reino Unido, Dinamarca o Italia, un hecho que ya se está produciendo en Francia, también con una fuerte carga impositiva.

Por eso, JDigital demanda una racionalización de la carga fiscal, para que se iguale a otros sectores de actividad; la homogeneización de la tributación estatal y autonómica, con la fijación de un tipo impositivo del IAJ en torno al 10% (en línea con los tipos autonómicos aplicables al juego“online”); la tributación en función de los ingresos netos de todas las modalidades de juego previstas en la normativa; la implementación de exenciones, deducciones o bonificaciones en el IAJ que favorezcan la inversión en tecnologías y la creación de puestos de trabajo y, por último, la promoción de estructuras de coparticipación que ayuden a reducir el impacto negativo que el IVA supone para los operadores.

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