Un tribunal de Estados Unidos ha dictaminado que la incautación de nombres de dominios de Internet no afecta a la libertad de expresión cuando se lucha contra la violación de derechos de autor en Internet, por lo que ha denegado el desbloqueo de los sitios.
Desde finales de 2010, el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos puso en marcha la operación 'in our sites v. 2.0' para bloquear dominios sospechosos de albergar archivos de descarga o enlaces para visualizar en vivo eventos deportivos. Esta operación supuso el cierre o bloqueo de cerca de un centenar de dominios '.com', '.org' o cualquiera bajo control de alguna institución u organización en EEUU.
Entre estos sitios se encontraron rojadirecta.com y rojadirecta.org, populares sitios de enlaces a retransmisiones deportivas, cuyos dominios fueron bloqueados. Sin embargo, la empresa propietaria, Puerto80, no lo aceptó y, con el apoyo de varias organizaciones como la Electronic Frontier Foundation, demandó a las autoridades estadounidenses por cerrar el sitio sin juicio, y exigió la devolución de sus dominios, ya que enlazar no es delito.
Sin embargo, tal y como recoge LeMonde, el juez Paul Crotty ha dictaminado que la incautación de nombres de dominio no viola la libertad de expresión(PDF). Por ese motivo ha denegado la petición de Puerto 80 y no desbloqueará los dominios.
Además, el juez explica que el caso de Rojadirecta es un caso "inusual", porque Puerto 80 "movió su sitio a los dominios alternativos" como '.es' o '.en', que están fuera de la jurisdicción del gobierno norteamericano. Rojadirecta es "un objetivo inusual, sobre todo porque el sitio fue declarado legal en dos ocasiones por los tribunales españoles".
Desde finales de 2010, el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos puso en marcha la operación 'in our sites v. 2.0' para bloquear dominios sospechosos de albergar archivos de descarga o enlaces para visualizar en vivo eventos deportivos. Esta operación supuso el cierre o bloqueo de cerca de un centenar de dominios '.com', '.org' o cualquiera bajo control de alguna institución u organización en EEUU.
Entre estos sitios se encontraron rojadirecta.com y rojadirecta.org, populares sitios de enlaces a retransmisiones deportivas, cuyos dominios fueron bloqueados. Sin embargo, la empresa propietaria, Puerto80, no lo aceptó y, con el apoyo de varias organizaciones como la Electronic Frontier Foundation, demandó a las autoridades estadounidenses por cerrar el sitio sin juicio, y exigió la devolución de sus dominios, ya que enlazar no es delito.
Sin embargo, tal y como recoge LeMonde, el juez Paul Crotty ha dictaminado que la incautación de nombres de dominio no viola la libertad de expresión(PDF). Por ese motivo ha denegado la petición de Puerto 80 y no desbloqueará los dominios.
Además, el juez explica que el caso de Rojadirecta es un caso "inusual", porque Puerto 80 "movió su sitio a los dominios alternativos" como '.es' o '.en', que están fuera de la jurisdicción del gobierno norteamericano. Rojadirecta es "un objetivo inusual, sobre todo porque el sitio fue declarado legal en dos ocasiones por los tribunales españoles".
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