Fuente:
El Pais.
Cualquier persona que vuele a Estados Unidos -o que pase de otra forma la frontera-, se arriesga a que su ordenador portátil, teléfono móvil, MP3 o cualquier otro dispositivo electrónico que pueda almacenar información sea revisado por agentes federales, según desveló ayer el diario
Washington Post. Aunque no es previsible que los agentes de frontera hagan revisiones constantes, podrían hacerlo. No necesitan alegar que tienen sospechas fundadas de que ese ciudadano haya cometido algún delito para requisar los dispositivos el tiempo que consideren necesario, según una normativa interna del Departamento de Seguridad Interior emitida el pasado 16 de julio.
En el difícil equilibrio entre la seguridad y el derecho a la intimidad tras los ataques terroristas del 11-S, una vez más ha perdido el segundo. La medida se extiende no sólo a los dispositivos electrónicos sino también a cualquier otro tipo de material escrito: cuadernos, informes, incluso a un papel arrugado en el bolsillo con el ticket de la compra. Se puede aplicar a ciudadanos norteamericanos y extranjeros por igual. Los agentes podrán revisar toda la información guardada en el ordenador o móvil o cuaderno, e incluso compartirla con otras agencias estatales.
La normativa contiene algunas cautelas que deben aplicarse a la información relacionada con el trabajo, especialmente cuando los datos puedan afectar al secreto profesional -entre un abogado y su cliente o un médico y su paciente, por ejemplo-. Pero nada dice sobre los datos de carácter personal (médicos, religiosos, políticos, etcétera) que uno pueda guardar sobre sí mismo, su pareja, familia o amigos en el ordenador y que podrían ver sin límite los agentes de fronteras.
El senador demócrata Russ Feingold ha colgado en su página web una declaración en la que critica la nueva normativa, a la que califica de "alarmante" y "grave violación de la intimidad". Fueron precisamente sus quejas ante una comisión del Senado por la política de registros que se estaba llevando a cabo en el país las que propiciaron que el Departamento de Seguridad Interior pusiera por escrito lo que de hecho ya se estaba haciendo. "La normativa confunde los términos 'incautar' y 'registrar' y no contiene ningún límite sobre lo que pueden hacer los agentes con la información que encuentran", advierte.
El Tribunal Supremo todavía no se ha pronunciado sobre el tema de los ordenadores, pero en 2004 falló a favor del Gobierno ante un ciudadano al que habían revisado el coche en la frontera. El Alto Tribunal dispuso que no hacía falta que hubiera "sospechas razonables" de la comisión de un delito para que los agentes pudieran entrar en el vehículo y hacía especial hincapié en la importancia de proteger las fronteras.
Pero los ordenadores, o los teléfonos móviles, plantean cuestiones distintas a los coches. En ellos uno puede encontrar y reconstruir prácticamente la vida entera de una persona. Varios casos sobre este tipo de registros han llegado ya a los tribunales, y la mayor parte de ellos ha fallado a favor del Gobierno. Una sentencia de 2005 de una corte de apelaciones federal señaló que revisar el ordenador era legal y que no había excesivo peligro de abuso por parte de la autoridad. La razón, que "los agentes de aduanas no tienen ni el tiempo ni los recursos para registrar cada uno de los ordenadores que pasan por allí", según establece el fallo, que no pone ningún límite a la posible arbitrariedad.
En 2006, un juzgado de California se pronunció sobre otro caso de este tipo y dio la razón al demandante, Michael Arnold, cuyo ordenador había sido registrado y en el que se encontró pornografía infantil. El tribunal concluyó que para el registro era necesario un mínimo indicio de delito.
En abril de este año, sin embargo, la Corte de Apelaciones de San Francisco señaló que el Gobierno tenía razón y que podía revisar, sin más, cualquier material que pasara por la frontera. Habrá que esperar, no obstante, a que esta cuestión llegue al Tribunal Supremo para que dilucide si esta cuestionable regulación es o no constitucional.
Seguridad en seco - Líquidos. Desde 2006, se aconseja facturarlos. No pueden pasar los controles en el equipaje de mano, excepto si se llevan en botes de 100 mililitros máximo separados y metidos en bolsas de plástico transparente. El total de cremas, medicamentos (mejor con receta) y otros líquidos no puede exceder de un litro. Los que no vayan así pueden ser requisados en los controles.
- Ropa. Abrigos, chaquetas y todas las prendas que no sean imprescindibles deben pasarse por las máquinas de rayos X. También todos los objetos metálicos (relojes, anillos, cadenas, llaveros, cinturones, monedas).
- Ordenadores. Los ordenadores y equipos electrónicos grandes deben pasar por la máquina de rayos X fuera del equipaje de mano y de sus fundas.