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2014/05/20

El 'derecho al olvido' obliga a Google a convertirse en una herramienta de censura

España ocupa hoy las portadas de medio mundo tras la polémica e inesperada sentencia del Tribunal de Justicia de la UE, en la que, por primera vez en la historia, se reconoce el "derecho al olvido" en internet. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y, más concretamente, Mario Costeja González, en calidad de demandante, han conseguido vencer al gigante tecnológico Google. A partir de ahora, según la sentencia publicada este martes, los usuarios podrán reclamar al buscador que retire los enlaces que remitan a informaciones que les perjudican y ya no son pertinentes, si bien se tendrá que analizar caso por caso.

Costeja inició esta particular batalla judicial tras constatar que al introducir su nombre en Google aparecían dos anuncios sobre una subasta de inmuebles relacionada con un embargo derivado de deudas a la Seguridad Social, sucedido diez años antes y ya resuelto. En 2010, reclamó a la AEPD que La Vanguardia -periódico que publicó el anuncio- y Google eliminaran o modificaran dichas páginas para que no apareciesen sus datos personales o, al menos, se dificultara su búsqueda -si no apareces en Google, no estás en internet-.

La Agencia resolvió que el periódico había publicado legalmente la información, pero, al mismo tiempo, exigió a Google que retirase las referencias de su índice, dificultando el acceso a esos datos en el futuro. La compañía estadounidense recurrió esta decisión ante la Audiencia Nacional para reclamar su anulación, y ésta, a su vez, planteó una serie de preguntas al Tribunal de Justicia de la UE sobre cómo interpretar la directiva comunitaria sobre la protección de datos personales, promulgada en 1995, cuando internet estaba en sus inicios.
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La respuesta llegó este martes y, entre otros aspectos relevantes, reconoce por primera vez el denominado "derecho al olvido". La sentencia establece que los usuarios pueden exigir al buscador que suprima de su lista de resultados los enlaces que incluyan datos personales, alegando como argumento su deseo a que dicha información se "olvide" después de un cierto tiempo. Y ello, a pesar de que dicha información es perfectamente veraz y lícita.

En concreto, el Tribunal determina que el buscador deberá suprimir tales referencias cuando esos datos "se revelen inadecuados, no pertinentes o excesivos desde el punto de vista de los fines para los que fueron tratados y del tiempo transcurrido". Sin embargo, también estipula ciertas excepciones, como que la persona en cuestión tenga relevancia en la vida pública -un político condenado hace años por corrupción, por ejemplo-, en cuyo caso prevalecerá el libre acceso a la información del público.

En el caso concreto de Costeja, el Tribunal señala que, "teniendo en cuenta el carácter sensible de la información contenida en dichos anuncios para la vida privada de esta persona y de que su publicación inicial se remonta a 16 años atrás [...] no parecen existir razones concretas que justifiquen un interés preponderante del público en tener acceso a esta información en el marco de tal búsqueda". Es decir, respalda que Google suprima las citadas referencias, aunque la cuestión deberá ser resuelta, finalmente, por la Audiencia Nacional.
¿Qué es el "derecho al olvido"?

Así pues, el fallo instaura el "derecho al olvido" en internet, dando así la razón al demandante, a la Agencia Española de Protección de Datos y al Gobierno de Italia, personado también en la causa.

Curiosamente, la propia Comisión Europea, junto a los gobiernos de Grecia, Austria y Polonia, consultados igualmente por el Tribunal, se posicionaron en contra del "derecho al olvido", alegando que sólo se pueden borrar datos personales cuando su tratamiento es incompatible con la normativa comunitaria, y no por la "mera razón" de que los usuarios consideren que tales datos pueden "perjudicarles" o deseen que "caigan en el olvido". Además, consideran que, en todo caso, el afectado debería dirigirse al editor (página web original) para reclamar su supresión, y no al buscador. Pero el Tribunal rechazó estos argumentos.

En este sentido, cabe recordar que Google es un mero espejo de lo que se publica en internet y, de hecho, cada web puede decidir libremente si su contenido aparece o no en el buscador. Dicho de otro modo, Google siempre borra la información si la fuente primaria (página web) la retira. La paradoja aquí es que la AEPD certificó en su día que la publicación de La Vanguardia era legal y, por tanto, no podía exigir su eliminación, ya que sería una especie de censura, aunque exigió a Google que no indexara la página, imposibilitando así su búsqueda en la red.

Pero, ¿qué es el "derecho al olvido"? Algunos de sus defensores lo definen como "el derecho a que el pasado no se convierta en presente continuo"; "el derecho a silenciar acontecimientos pasados de la vida que ya no ocurren"; el "derecho de las personas físicas a que sea borrada tras un cierto tiempo la información referida a ellas"; "el derecho a la autodeterminación informacional"... Según la AEDP, el "derecho al olvido solo cubre informaciones que son meramente personales, que no tienen ninguna relevancia ni interés público y que están causando una lesión al particular".

En esencia, es el "derecho" de las personas a eliminar de internet la información que les perjudique, aun siendo ésta perfectamente verídica y legal, tales como imágenes, textos, opiniones, documentos oficiales, certificados y cualquier otro tipo de datos personales que describen comportamientos y acciones pasadas, tanto en páginas web y blogs como en redes sociales o motores de búsqueda.
¿Quién lo solicita?

El caso de Costeja, interesado en borrar de la red su historial de deudas con la Seguridad Social, no es el único. La Agencia Española de Protección de Datos ha resuelto en contra de Google más de 200 casos similares, con un perfil muy parecido. Según las fuentes consultadas por Libre Mercado, la inmensa mayoría de demandantes reclama que el buscador elimine las referencias a multas, sanciones e incluso delitos que ocurrieron en el pasado.
Es decir, personas interesadas en que su historial de problemas con la Justicia o la Administración no deje rastro visible en la red. Por ejemplo, un cirujano obligado por la Justicia a indemnizar a un paciente, cuyo caso fue recogido en su día por El País, y que ahora reclama que dicha noticia no sea indexada por el buscador.

Asimismo, muchas de estas reclamaciones se formulan contra los boletines oficiales, en donde existe la obligación legal de publicar determinadas sanciones y multas. Empresas y particulares se quejan de que dichos anuncios siguen apareciendo en Google, pese a que se produjeron hace años. Sin embargo, curiosamente, la propia Agencia reconoce que ya se están solventando estos problemas sin necesidad de que Google haga nada.

Así, según admitía el propio director de la Agencia en el Congreso de los Diputados, "hemos conseguido avances muy notables en relación con las administraciones públicas y el problema [...] de los boletines. De hecho, existe ya una gran parte de las publicaciones que antes se hacían en un formato digamos abierto, en el sentido de que es accesible e indexable por los buscadores y plantea ese problema, que ahora se hacen en formatos no indexables. Todos los tablones editables ya se publican en un formato que no es recopilado por los buscadores".
Un mecanismo de "censura"

Por otro lado, uno de los datos más llamativos es que se trata de una sentencia inesperada, ya que contradice no sólo la postura de Bruselas, sino incluso la opinión del abogado general del Tribunal comunitario, lo cual no es nada habitual. En su dictamen de conclusiones, el abogado indica, por un lado, que no cabe exigir a un periódico que su hemeroteca digital "tenga un contenido distinto del publicado originalmente", ya que "equivaldría a falsificar la historia", en alusión directa al anuncio de La Vanguardia.

Por otro lado, añade que "en la sociedad de la información actual, el derecho a la búsqueda de información publicada en Internet mediante motores de búsqueda es una de las formas más importantes de ejercitar este derecho fundamental". Y este derecho cubre, "sin lugar a dudas", buscar "información relacionada con otras personas". Ese derecho "se vería comprometido si su búsqueda de información relativa a una persona física no generara resultados que ofrezcan un reflejo veraz de las páginas web relevantes". Asimismo, recuerda que "un motor de búsqueda en Internet ejerce legalmente tanto su libertad de empresa como su libertad de expresión cuando pone a disposición del público herramientas de localización de información".
Desde este punto de vista, el "derecho al olvido" que reclama el demandante y la AEPD entrañaría, según el abogado, "sacrificar derechos básicos, como la libertad de expresión e información". Una cosa es exigir a Google que bloquee páginas web con "contenidos ilegales" o "información injuriosa o delictiva" y otra muy distinta invocar un "derecho generalizado al olvido" para borrar contenidos veraces y lícitos, ya que "equivaldría a una censura del contenido publicado realizada por un tercero". Además, si una página vulnera el derecho a la vida privada, se debe actuar contra el editor de la misma, no contra el buscador, concluye.

La reacción a la sentencia no se ha hecho esperar. Index on Censorship, una organización que aboga por la libertad de expresión a nivel internacional, señala que el fallo "viola los principios fundamentales de la libertad de expresión". No en vano, la decisión del Tribunal significa que, bajo ciertas circunstancias, los buscadores deberán borrar enlaces que contengan información veraz y lícita, pese a que la fuente original se mantendrá intacta.

De este modo, lo que se dificulta, simplemente, es la búsqueda de información en internet que resulte incómoda a ciertas personas. Se trata de una "medida retrógrada que no entiende el papel y la responsabilidad de los motores de búsqueda y de Internet, en general". Por ello, "debería producir escalofríos a todos aquellos en la UE que crean en la importancia crucial de la libertad de expresión y de información", indica.

Google, por su parte, declaró el martes que se trata de una decisión "indignante" -no "decepcionante", tal y como se difundió-. La postura de la compañía sobre esta materia es clara: "Los motores de búsqueda no deben estar sujetos a la censura de contenidos legítimos en aras de la privacidad, o por cualquier otra razón".

Según Peter Fleischer, máximo responsable de privacidad de Google, pedir a un buscador que elimine contenido legítimo de una web tan sólo dificulta la búsqueda de información a los internautas. "Es incorrecto utilizar los motores de búsqueda como herramienta indirecta de censura", imposibilitando el acceso al contenido que publican, lícitamente, terceros. "No es difícil imaginar las consecuencias negativas que tendrá para la libertad de expresión", alerta.
Un internet irreal, de color rosa

Algunos expertos en materia de internet señalan los nefastos efectos de esta doctrina. El tradicional espíritu de internet abierto y hasta ahora reflejo del historial con luces y sombras de la gente, como la vida misma, podría verse adulterado si la red acabara incluyendo únicamente cosas bonitas.

"Cualquiera con poder y acceso a abogados podrá reclamar ahora que se limpie por completo su imagen pasada", denuncia el profesor del IE Business School Enrique Dans. Por ejemplo, un hombre de historial turbulento con negocios negros en sus espaldas que quisiera abrirse camino en ámbitos como la política podría reclamar a Google, convertido ahora en goma de borrar, que desvinculara del buscador sus noticias pasadas, informa Efe.

"El derecho al olvido no tiene sentido de partida, porque no se puede obligar a olvidar lo que ya ha sido publicado; los buscadores tienen la función de buscar, y no se les puede exigir retirar cosas que encuentran", añade Dans en su blog. Es "un absurdo" que los buscadores estén obligados a sacar "sólo el lado bueno" de la gente. "Eso no es un derecho: es una aberración".
La sentencia del Tribunal de la UE es "un error de bulto, grave, capaz de subvertir la esencia de la red tal y como se conoce, o comprometer algo tan importante y legítimo como el derecho de las personas a obtener información veraz y no sometida a filtros", precisa. "Es sencillamente una barbaridad, una estupidez, un intento de defender un supuesto derecho de los individuos, exagerado hasta la hipérbole, perjudicando el derecho de todos a acceder a la información". Su conclusión es que es una sentencia "peligrosísima", ya que la exigencia a Google de eliminar búsquedas es un paso hacia lo que hacen países dictatoriales cuando censuran contenidos en internet.

Mientras, el presidente de la Asociación de Internautas (AI), Víctor Domingo, también insiste en los riesgos del fallo, ya que podría dar lugar a "un internet falso", con una sola cara, únicamente la que agrada a la gente. "¿Qué pasará cuando cada vez más gente se decida a reclamar ante Google para que retire ésta u otra información, alegando que le perjudica, simplemente porque no le gusta?", se pregunta con preocupación.

Igualmente, Jimmy Wales, fundador de Wikipedia, se sorprende de que la sentencia provenga de la UE "y no de un Estado autoritario". Y añade: "No sé de ningún caso similar en el que, por un lado, un Gobierno publica una información [la subasta en La Vanguardia], y, por otro, castiga diciéndole a la gente dónde leerlo […] Esto podría acabar transformando Google en un mecanismo de censura en la Unión Europea".
"Inmanejable"

Por último, cabe recordar que el Tribunal de la UE permite a los usuarios dirigirse directamente a Google para reclamar la retirada de enlaces que contengan datos personales, de modo que el buscador deberá examinar si tales solicitudes son fundadas o no -en caso contrario, el particular podrá acudir a la Justicia-.

A este respecto, el abogado del Tribunal comunitario ya advirtió en su dictamen de que una decisión de estas características podría conducir a una "retirada automática de enlaces a todo contenido controvertido o a un número de solicitudes inmanejable" para los buscadores, con el coste que ello supondrá para las empresas del sector.

El logo multicolor de Apple, a la venta por 15.000 dólares

Aunque hace más de quince años que Apple abandonó su característico logotipo multicolor, para muchos veteranos del mundo de la informática y el diseño y geeks en general, este sigue siendo el distintivo por excelencia de la empresa dirigida por Tim Cook. Por ello, no es raro que alguien esté dispuesto a desembolsar entre 10.000 y 15.000 dólares por dos de estos emblemas y más si se trata de dos señales originales que hasta la fecha estaban colgadas en las paredes de las oficinas centrales de Apple, en Cupertino.

Dos de estos logos en formato físico serán subastados a principios de junio. El primero de ellos mide 46 x 49 pulgadas y está hecho de espuma, mientras el segundo sec compone de fibra de vidrio con soporte metálico y tiene unas medidas de 33 x 36 pulgadas.

La manzana con tonos de arco iris no fue el primer logotipo utilizado por Apple. Al principio (1976), la compañía usó un grabado de Newton bajo un manzano como distintivo. Fue en 1977 cuando los dos Steves, Wozniak y Jobs, pensaron en cambiar esa imagen, así que le encargaron a Rob Jarnoff, quien regentaba una pequeña empresa en Palo Alto, un nuevo diseño centrándose en el nombre de la compañía, Apple.

Jarnoff dirigió su atención a la fruta en sí, incorporando muchos aspectos que aún se mantienen en la imagen corporativo de los de Cupertino. Uno de los más destacados fue la mordedura. El diseñador incluyó este elemento por labores estéticas (para acomodar a la A del nombre de Apple y para distinguirlo como otras frutas y verduras), pero también ideológicas. Quería asociar ese gesto de compartir la manzana con amigos y familiares con el espíritu de estos ordenadores. En cuanto a los colores, Jarnoff optó por los del arco iris para mostrar una imagen más juvenil, alegre y atrayente que los otros equipos de la época, asociados al mundo profesional y más serios.

El primer ordenador en lucir el nuevo logotipo sería el Apple II. El logotipo multicolor se abandonó en 1998, con el retorno de Steve Jobs a la dirección de la empresa.

Las Google Glass podrían permitirnos hacer pagos con sólo asentir con la cabeza

Las Google Glass son un dispositivo wearable que está dando mucho juego a los desarrolladores de aplicaciones. Una última propuesta innovadora viene de la mano de la firma EAZE que ha diseñado una app para facilitar el pago de productos en el mundo real con la moneda virtual Bitcoin.

Bajo el nombre de  Nod To Pay, la herramienta pensada directamente para su uso en estas lentes futuristas, permite realizar los pagos online con esta moneda virtual asintiendo con la cabeza. Es decir, se trata de un sistema que activa el método de pago con sólo mover la cabeza y repetir “este movimiento sólo un par de veces”, explican sus responsables en la web oficial de la compañía.

Eso sí, la tecnología desarrollada por esta firma se encuentra todavía en fase beta, por lo que habrá que esperar algún tiempo más a que sus promotores la desarrollen por completo y sea probada en el mercado por los usuarios. A esta limitación hay que añadir que sólo funciona con la moneda virtual Bitcoin, y concretamente, con las carteras de los servicios Blockchain.info y Coinbase, si bien la empresa ha anunciado que espera “ampliar su soporte para admitir más divisas virtuales”, adelantan en su blog.

Junto a estas limitaciones prácticas se debe tener en cuenta que para que el abono de dinero que se pretende transferir se complete, es necesario escanear un código QR asociado a la compra, lo que significa que las tiendas y sus dueños también tendrán que disponer de tecnología adaptada a la lectura de este código.

Gmail para Android permite guardar adjuntos en Google Drive

El gigante californiano Google acaba de actualizar su servicio de correo electrónico Gmail para móviles con Android con una nuevas y atractivas funciones. Según revela la web especializada Engadget, los usuarios de este servicio podrán a partir de ahora añadir documentos adjuntos y guardarlos en Google Drive, en lugar de la memoria interna del smartphone.

La compañía con sede en Mountain View ha publicado en su perfil de Google + un mensaje a través del cual revela las nuevas funciones que incluye esta actualización. Una de las principales novedades reside en la posibilidad de guardar los archivos adjuntos de los correos electrónicos que recibamos directamente a Google Drive. De esta manera, podremos consultar estos archivos a través de Google Drive en cualquier teléfono, tableta u ordenador.

A su vez la compañía ha mejorado el acceso a la barra lateral de navegación del servicio de correo electrónico Gmail. “Los usuarios podrán de este modo, acceder a todas sus cuentas y pestañas desde cualquier punto de la aplicación”, explica la empresa desde su web al tiempo que destaca al añadido de un menú de configuración y ayuda en el nuevo desplegable. “Podrá así enviar las sugerencias y comentarios que quiera realizar de forma directa y sencilla”, subrayan.

Otro de los aspectos novedosos reside en la actualización incluyen un sistema de notificaciones. Un sistema pensado para explicar al usuario “por qué ciertos correos terminan en la carpeta de spam”, explican desde la web. Asimismo, se incluye una mejor compatibilidad con idiomas que “se escriben de derecha a izquierda, como el hebreo o el árabe” concluye la nota difundida por la compañía.

La depresión según Tumblr

“¿Cómo superar algo cuando estoy completamente sola? No se puede, no puedo”, mensajes como este circulan por Tumblr todos los días. La red social de blogs alberga numerosos perfiles (anónimos en su mayoría) donde se publican fotos y gifs en blanco y negro y poemas y frases desoladoras que, incluso a veces, tratan la idea del suicidio como una opción para escapar de la depresión. Los expertos en psicología y prevención del suicidio alertan del peligro que supone expresar este tipo de sentimientos entre una comunidad que se encuentra en la misma situación y se recrea en ellos.

La autora del blog “Broken Inside”, una chilena de 13 años, contestaba a un mensaje que otra chica le había dejado en su muro, en el que le explicaba que se sentía vacía y le preguntaba si tenía depresión, de esta forma: “Bienvenida a un mundo gris, lleno de tristeza, donde solo piensas en querer morir, donde la soledad te come y no dejas de llorar. Bienvenida a la depresión”.

Si bien los mensajes de ánimo también son presentes en estas páginas, abundan las frases que se recrean en la tristeza. “Si te metes en un grupo de depresivos y alimentas la depresión es nefasto, se convierte así, en vez de en un grupo de autoayuda, en uno de desayuda”, afirma el gerente de la asociación del Teléfono de la Esperanza, José María Sánchez. Una opinión que comparte el profesor de Psicología de las Adicciones en la Facultad de Psicología, Ciencias de la Educación y del Deporte Blanquerna-URL, Xavier Carbonell: “Si tus seguidores también están en un estado de melancolía te reafirmarán y no podrán ayudarte a superarla”.

La relación que se establece entre los usuarios de Tumblr también puede perjudicar en este sentido. Según comenta Carbonell, a diferencia de Facebook, donde la mayoría de contactos son amigos, en esta red social se tienen seguidores desconocidos, cuyo motivo de contacto es precisamente el hecho de compartir el mismo estado emocional.

“Que existan espacios donde se puedan expresar estas emociones es correcto”, continúa el psicólogo y pone como ejemplo el movimiento literario del Romanticismo en el que los autores expresaban y ensalzaban la melancolía. “Siempre ha existido este riesgo de que algunas emociones e ideas (promovidas por películas, libros, etc.) sean llevadas al extremo o malinterpretadas por ciertas personas”, concluye.

Con todo, el responsable del Teléfono de la Esperanza añade que “expresar es bueno y, en este sentido las redes sociales cumplen su función, porque tienes donde comunicarte, pero la persona tiene que encontrar un referente que le ayude a asimilar y a reconducir positivamente todos estos sentimientos”.

Un problema real

Desde que las redes sociales se han hecho populares, ha habido casos de suicidios perpetrados por jóvenes que habían publicado sus intenciones en Tumblr, como el de una adolescente de Carolina del Sud (EE.UU.) que murió el mes pasado, según informa el Heraldonline.com.

Con el 76% de usuarios activos situados entre los 16 y 34 años, según reporta el último estudio de GlobalWebIndex (pdf) y siendo la depresión la primera causa de enfermedad y discapacidad entre las personas de 10 a 19 años, Tumblr ha tomado medidas sobre el asunto.

Cuando se realiza una búsqueda en esta plataforma por las palabras clave “suicidio” o “depresión” aparece un mensaje titulado “¿Estás bien?”, en el que recuerdan al usuario que “hay gente que se preocupa por ti y está dispuesta a ayudarte”. A continuación recomiendan contactar con el Teléfono de la Esperanza, organización sin ánimo de lucro que atiende a personas en situaciones de crisis emocional, o con blogs oficiales de la red social que están destinados a ofrecer ayuda. Un ejemplo en inglés es To Write Love on Her Arms, que se autodefinen como un movimiento dedicado a mostrar esperanza y contribuir a la recuperación de las personas que “luchan con la depresión, la adicción, la autolesión y el suicidio”.

El objetivo que baraja el Teléfono de la Esperanza es acercarse a los jóvenes a través de otros canales más afines a ellos que el teléfono. “Estamos diseñando un proyecto de aplicación de móvil para prevenir el suicidio y estamos pendientes de conseguir financiación vía micromecenazgo”, informa Sánchez.

Por otro lado, la ONG también ha firmado convenios de colaboración con Google (cuando se hace una búsqueda por “suicidio” aparece un mensaje con su teléfono) y Facebook. La red social ha incluido su contacto como uno de los recursos de prevención del suicidio y también ofrece la posibilidad de informar de contenido suicida mediante un formulario.

En España, el suicidio es la primera causa de muerte no natural por detrás de los accidentes de tráfico, que se han reducido porque las medidas de prevención han surgido efecto, según afirma Sánchez. En su opinión, las administraciones deberían llevar a cabo un plan de prevención del suicidio asociado a una medida que erradicara contenidos en los que, por ejemplo, se dan instrucciones de cómo hacerse daño o quitarse la vida. “Todo esto tendría que atajarse de la misma forma que cuando alguien publicita el consumo de drogas está cometiendo un delito”, afirma el representante de la asociación. “El problema es que es un tema tabú y nadie quiere abordarlo”, concluye.

El CEO de Cisco insta a Obama acabar con la vigilancia de la NSA en Internet

El consejero delegado de Cisco Systems ha escrito una carta al presidente Barack Obama instándole a restringir la vigilancia gubernamental después de que circularan pruebas que mostraban que la Agencia de Seguridad Nacional (NSA) había interceptado equipamiento de Cisco, dijo el domingo un portavoz de la compañía.

En una carta fechada el 15 de mayo, John Chambers, CEO y presidente del gigante del equipamiento para sistemas de redes, advirtió de una erosión de la confianza en la industria tecnológica estadounidense y pidió nuevos "estándares de conducta" en cómo la NSA dirige su vigilancia. "Simplemente no podemos operar de esta manera, nuestros clientes confían en que podamos entregarles productos que cumplan con los estándares más elevados de integridad y seguridad", dijo Chambers en la carta.

La carta sigue a la circulación de unas fotografías en Internet que mostraban a empleados de la NSA abriendo cajas de equipamiento de Cisco, informó el domingo el Financial Times. "Ha habido denuncias de que la NSA ha interceptado equipamiento tecnológico en tránsito desde los fabricantes a los clientes para ayudar a custodiar y conseguir información sobre objetivos de vigilancia", dijo el diario.

Las denuncias se remiten a informaciones previas del periodista de 'The Guardian'. Glenn Greenwald, que ha escrito sobre varios documentos de la NSA que fueron suministrados por el exanalista de la NSA Edward Snowden. En la carta, Chambers declara que "si estas denuncias son ciertas, estas acciones socavarán la confianza en nuestra industria y en la capacidad de las compañías de telecomunicaciones para entregar productos globalmente".

La amenaza comercial de YouTube sobre Facebook

La nueva política comercial de Facebook, más exigente con las marcas que se promocionan a través de esta red social, está motivando que otros medios 2.0 como Youtube ganen relevancia a la hora de llegar a un mayor número de clientes potenciales.

Como señala el consultor Brendan Gahan, el objetivo de la empresa de Mark Zuckerberg es obtener un beneficio económico directo a partir del alcance de las firmas que se valen de esta página para publicitar sus productos y servicios. Por este motivo, el mayor servicio mundial de vídeos en línea, propiedad de Google desde 2006, está conquistando un espacio que, hasta ahora, ocupaba Facebook casi en exclusiva.

Para demostrar la dimensión de esta transformación, Gahan recomienda comparar la participación de los consumidores en ambos sitios. Si bien las comunidades vinculadas a organizaciones son mayores en Facebook que en Youtube, el promedio de interacciones y la fidelidad en esta segunda web están por encima de las cifras de su competidora en una proporción de 20 a 1.

Así sucede con las cinco primeras compañías y marcas en cada red. En el caso de Youtube, se trata de la bebida energética Red Bull, las consolas Play Station, las cámaras GoPro, la deportiva Nike Football y la tecnológica Samsung Mobile. Sus respectivos números de suscriptores superan con creces la cantidad de “Likes” (“Me gusta”) de los refrescos Coca-Cola, Red Bull, la deportiva Converse, Play Station y la cadena de cafeterías Starbucks.

Para los analistas, esta sería una de las consecuencias más claras del cambio de modelo de negocio de Facebook para favorecer la publicidad. Por esta razón, expertos como los del portal especializado Reel SEO añaden que las empresas deben ser conscientes de los efectos beneficiosos de la comercialización de su género en Youtube. En cualquier caso, la web de Zuckerberg sigue incrementando sus beneficios.