Buscar

Mostrando entradas con la etiqueta canon. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta canon. Mostrar todas las entradas

2011/01/07

Canon lanza nuevos modelos entre los que destaca su primera cámara de menos de 100 dólares

Canon no se olvida de que estamos en tiempos de crisis y contención del gasto, por lo que ha apostado por lanzar sus nuevos modelos a unos precios bastante asequibles y con  funciones interesantes para el usuario medio.
La marca japonesa Canon ha traído a la feria de Las Vegas sus nuevas cámaras Powershot A, que incluyen los modelos A3300 IS, A2200, A1200 y A800.
Los 3 primeros modelos ofrecen captura de video a 720p, el modo inteligente Smart Auto con función de detección de personas, que analiza la luminosidad, el contraste, la distancia y la tonalidad general del sujeto, y también presentan variados filtros creativos, junto al denominado “modo discreto” que deshabilita el sonido del aparato.
La cámara A3300 IS posee un sensor CCD de 16 MP, pantalla LCD de 3 pulgadas, zoom óptico de 5 aumentos, así como un útil estabilizador óptico de la imagen, y podrá comprarse a finales de febrero por unos 179.99 dólares.
Por su parte los modelos A2200 y A1200 ofrecen ambos pantalla LCD de 2.7 pulgadas y zoom óptico de 4 aumentos, pero el primero cuenta con sensor CCD de 14.1 MP, mientras que el del segundo es de 12.1 MP, y se trata de una cámara enfocada a personas mayores, ya que sus teclas son más grandes de lo habitual.
Las dos cámaras llegarán al mercado en marzo, a unos precios estimados de 139.99 y 109.99 dólares, respectivamente.
Un escalón por debajo encontramos la cámara A800, que se venderá en febrero, cuyo sensor CCD se queda en los 10.1 MP, cuenta con zoom óptico de 3.3 aumentos y será el primer modelo que Canon comercialice con un precio inferior a los 100 dólares, concretamente 89.99 dólares.

the INQUIRER

2011/01/05

España: Usuarios e Internautas exigen participar en la reforma de un canon digital que perjudica a los creadores

Los presidentes de la Asociación de Usuarios de Internet, Miguel Pérez Subías, de la Asociación de Internautas, Víctor Domingo, y de APEMIT, Josep Jover, han registrado sendos escrito en los Ministerios de Industria y de Cultura solicitando su participación en las reuniones preparatorias de la reforma del Canon Digital.

Estas reformas obligadas, las debe llevar a cabo el Gobierno después de que el pasado octubre el Tribunal de Justicia Europeo declarara "ilegal" la forma en que se está aplicando en España, en el asunto PADAWAN/SGAE, dicho gravamen. Se da además la circunstancia de que el procedimiento se resolvió a instancias de APEMIT y defendida por su presidente, el letrado Josep Jover, miembro como el resto de los solicitantes de la plataforma todoscontraelcanon.es que cuenta con el respaldo de varios millones de ciudadanos.

¿Quién se beneficia del Canon?

Según la AUI, el Canon Digital perjudica en primera instancia al creador ya que este es, a su vez, consumidor de dispositivos y soportes que se encarecen por encima de lo que las entidades les retribuyen, en segunda instancia a la industria de los contenidos, le dificulta crear nuevos modelos de explotación al cobrarse de forma indiscriminada, y en tercer lugar a la sociedad en su conjunto ya que la hace menos competitiva y encarece artificialmente productos de gran consumo. Tan solo los intermediarios y un reducido grupo de creadores, menos de 600, se benefician del Canon.

Las Asociaciones ciudadanas piden a los políticos que legislen a favor del interés general y a favor de creadores y de la industria de los contenidos y que deje de lado, por una vez, los intereses de los intermediarios.

todoscontraelcanon.es esta promovida por 32 organizaciones sociales entre las que hay asociaciones de usuarios, empresariales, sindicales y profesionales, 29 Ayuntamientos que han aprobado en pleno su adhesión (que representan a 1.286.910 ciudadanos) y 4.920 organizaciones sociales que se han adherido y que agrupan a 1.222.082 personas), junto 1.142.891 ciudadanos que han firmado a nivel individual.

Canarias7

2010/12/29

Francia aplicará el canon digital a las tabletas, excepto a las equipadas con Windows

El Gobierno francés planea aplicar a las tabletas el canon digital por copia privada. Lo sorprendente de la medida es que estarían excluídas las equipadas con el sistema operativo de Microsoft Windows. Según la normativa, la tasa se aplicaría a tabletas "equipadas con sistemas operativos para móviles o específico para ellas". Este criterio incluye las de Apple o la de los fabricantes que han optado por el sistema operativo para móviles de Google, Android, pero salvaría a aquellos que han recurrido a Windows 7 por considerarse un sistema operativo para ordenadores.

Según Numerama, la tasa se aplicaría a todas las tabletas a partir de un mínimo de memoria. La tasa más baja supondría el pago de 12 euros.
"¿Cómo se puede afirmar seriamente que una tableta con Windows no realiza copias privadas como puede hacerlo una con Android?", se pregunta el fundador de Archos, uno de los fabricantes afectados. La patronal francesa de fabricantes está dispuesta a recurrir la orden que deberá publicarse el 12 de enero. Estas empresas sostienen que las tareas de las tabletas, bajo cualquier sistema operativo, son asimilables a las de un ordenador.
Contra la negligencia
Por otra parte, el Gobierno francés ha publicado un decreto por el que pretende crear una lista de los programas que sirven para blindar una conexión a Internet. El plan del Gobierno consiste en publicar una lista de estos programas, una vez reconocidos por la autoridad administrativa. La iniciativa está directamente relacionada con la ley Hadopi que castiga las descargas de contenidos protegidos por derechos y que puede conducir, tras tres avisos, al corte de la conexiópn a Internet. Para evitar que el internauta alegue que su máquina ha sido utilizada para las descargas sin su conocimiento deberá probar que no ha sido negligente en impedir el acceso de terceros a su máquina. Una manera de objetivar la prueba es haber instalado uno de esos programas, aunque su instalación no es obligatoria.
La industria de seguridad recela de la iniciativa del Gobierno porque la lista puede excluir el mercado productos igualmente útiles a este objetivo.
La ampliación del concepto de negligencia ha sido motivo de debate en Francia. El rastreo de direcciones IP de Internet para detectar descargas puede llevar hasta un determinado ordenador conectado, pero no a la persona que estuvo detrás de la máquina. Las autoridades quieren taponar una previsible vía de escape del internauta que podría argumentar que la descarga se hizo con su conexión pero que él no había sido.
El titular de la conexión será culpable de negligencia si no ha puesto las barreras necesarias para controlar los accesos y usos de su conexión y no lo ha hecho tras recibir un primer aviso por correo electrónico, una segunda alerta mediante carta certificada y la comunicación final de que su caso se envía al juez. Durante este proceso, que puede durar un año, el titular de la conexión debe reaccionar de acuerdo con lo que le exigen las autoridades.
La conducta negligente tiene su propio castigo: multa de 1.500 euros y, máximo, un mes sin Internet. Esta pena se aplicará tanto si el titular de la conexión es una persona particular como una empresa, lo que dibuja un horizonte de incertidumbre en hoteles o cibercafés que ofrecen conexión a sus clientes. Un hotel puede ver cómo el juez deja al establecimiento sin conexión a Internet por culpa de un huésped que probablemente no será perseguido por su conducta.
En España se contempla en el Código Civil la conducta negligente, pero en determinados casos que no incluyen esta situación. La más cercana a ella es el caso del propietario de un coche que recibe una multa por una infracción que ha cometido otro conductor de su vehículo. El afectado puede recurrir informando que él no era el conductor.

El Pais

2010/12/24

El PP exigió suprimir el canon para apoyar la norma antidescargas

La intrahistoria de la negociación, baldía finalmente, para tratar de aprobar la llamada ley Sinde está cuajada de peticiones absolutamente ajenas a la prohibición de las descargas. El PSOE intentó el martes, pocas horas antes de la votación, pactar con el PP, después de que CiU la noche del lunes le diera el portazo. Los populares accedieron a negociar con el Gobierno, pero el precio iba a ser bastante alto. La dirección del Grupo Popular exigió "la supresión en un mes del canon digital".
Así lo aseguran fuentes gubernamentales y de la dirección del Grupo Socialista, que citan al ministro de la Presidencia, Ramón Jáuregui y al portavoz parlamentario socialista, José Antonio Alonso, como interlocutores de la portavoz parlamentaria popular, Soraya Sáenz de Santamaría.
Lo cierto es que antes de que el PP exigiera la supresión del canon, la conversación era fluida porque no había diferencias fundamentales respecto al fondo de la norma, y el PSOE estaba dispuesto a aceptar una enmienda basada en la petición del PP de una garantía judicial adicional a la hora de pedir los datos sobre las webs infractoras. Pero ante una exigencia "tan drástica" como la del canon, la negociación terminó.
Después, han llegado los reproches. Por un lado, el portavoz del PP, Esteban González Pons, pidió la dimisión de la ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, tras denunciar que el Gobierno acudió al PP "como último recurso", cuando es el primer partido de la oposición. De paso, el portavoz popular criticó a la "la ministra, que no sirve para nada".
En el PSOE, no obstante, se exculpa en muy buena medida a la titular de Cultura de lo ocurrido, al estimar que la decisión de tramitar su ley dentro de otra -la Ley de Economía Sostenible (LES)- no fue suya. "Ha sido un asunto que ha trascendido a la ministra", señalan fuentes socialistas.
La portavoz del comité electoral del PSOE, Elena Valenciano, criticó a Pons y aseguró que el rechazo del PP a la norma no se produjo por razones de fondo sino por oportunismo político.
Este es el argumento que el PSOE esgrime con gran enojo. "Todos los grupos parlamentarios quieren que se regulen las descargas pero sin asumir el riesgo y la impopularidad por lo que se demuestra que el único ente serio de la política española es el Gobierno".
Ahora bien, la oposición se queja de que se metiera dentro de la LES un asunto totalmente ajeno. Así el PNV se comprometió con la ley fundamental pero no con las descargas. CiU tampoco, aunque entró en la negociación por si acaso podía obtener otras contrapartidas "de economía productiva". Pero, finalmente, también se descolgó. Lo cierto es que el PSOE contaba con CiU y a partir de la noche del lunes cuando este grupo rompe la negociación, empieza la confusión.
"Nunca pensamos que CiU iba a romper", señalan fuentes socialistas. En medio del disgusto que ayer reinaba en todos los ámbitos socialistas se concluía invariablemente que "la potencia de la Red en sus ataques a la ley ha sido determinante para que nadie quisiera estar al lado del Gobierno", sostiene el portavoz de la Comisión, Francisco Fernández Marugán, que defiende la labor del Grupo Socialista.

El Pais

2010/11/12

Sinde: el canon "no se puede quitar"

Sinde insistió en que el canon "no se puede quitar" pese a la decisión del Tribunal Europeo que cuestiona su legalidad para las empresas. La ministra espera que en la reunión de los titulares de Cultura de los países europeos que se celebrará la próxima semana se encontrará una solución "conjunta". Avanzó, no obstante, que "lo ideal no es cambiarlo sino adaptarlo".
Igualmente, negó que exista "fraude" en las ayudas que el Ministerio concede al cine y ha recalcado que "se controla mucho todo" antes de conceder estas subvenciones.

Libertad Digital

2010/11/10

La SGAE asegura que no se devolverá ni un euro del canon digital

El portavoz de las entidades de gestión de derechos de autor, Rafael Sánchez, ha asegurado hoy que las reclamaciones sobre la devolución del canon digital "no tienen base jurídica" y ha señalado que "en ningún caso" el reintegro de la tasa será retroactivo.
Sánchez ha mostrado así su postura sobre el anuncio de la Generalitat de Cataluña de reclamar a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) la devolución del importe que la Administración catalana ha pagado en concepto del canon digital, amparándose en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declaraba parcialmente ilegal esta tasa.
En este sentido, Sánchez ha asegurado que es el Gobierno el que tiene que adecuar la sentencia del tribunal de la UE a la legislación española y, por ello, "hasta que no haya una decisión las entidades de gestión aplicarán el canon conforme a la normativa actual".
"La reclamación del canon no tiene ninguna base jurídica", ha destacado Sánchez, para quien el reintegro de la tasa una vez armonizada la normativa a lo dictado por la UE no será "en ningún caso retroactiva".
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declaró el pasado 21 de octubre que el canon que se aplica en España a todos los equipos de reproducción digital como compensación a los creadores por la copia privada no está en línea con la legislación comunitaria y sólo puede aplicarse a los consumidores, y no a empresas, profesinales y administraciones.
Para el portavoz de las entidades de gestión todavía es "muy pronto" para tener lista la adecuación de la legislación al fallo de la UE, una normativa que deberá ser igual para todos los países europeos.

Publico

España: La Generalitat reclamará a la SGAE la devolución del canon digital

La Generalitat, a través de la Secretaría de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, reclamará a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) la devolución de los importes que la administración catalana ha pagado en concepto de canon digital.
El motivo de la reclamación del canon --tasa que se aplica a diversos medios de reproducción para compensar a los creadores por las copias-- es la reciente sentencia emitida por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que declara ilegal la aplicación del canon digital en empresas, profesionales y administraciones, pese a que mantiene el cobro de esta tasa para los consumidores, según ha informado en un comunicado.

Esta sentencia es una respuesta a la petición hecha por la Audiencia de Barcelona que pidió ayuda a la UE para interpretar la directiva comunitaria sobre los derechos de autor para resolver un litigio entre la SGAE y una empresa distribuidora de reproductores digitales.

El secretario de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información, Jordi Bosch, ha afirmado que la Generalitat "tiene que seguir las directrices europeas, y la sentencia de la UE deja claro que la aplicación del canon por copia privada en los soportes de reproducción adquiridos por empresas, profesionales y administraciones para finalidades diferentes de la copia privada contradice la normativa comunitaria".

Bosch ha explicado que, a la espera de la transposición a la ley estatal de la sentencia europea, la Generalitat tiene que activar los "mecanismos necesarios para poder reclamar a la Sgae la devolución de lo que ha pagado hasta ahora por una tasa que la UE considera ilegal".

Esta acción es "importante", según Bosch, porque la Generalitat como administración pública "puede convertirse en referente para el resto de empresas e instituciones afectadas".

La Generalitat sigue así al Ayuntamiento de Cádiz que ya anunció anteayer su intención de hacer valer la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea.

2010/10/25

España: La SGAE ya trabaja en un nuevo canon digital

Libertad Digital

Revolución en el ámbito de los derechos de autor y, por consiguiente, también en la industria tecnológica. La sentencia del TJUE publicada el jueves obliga a modificar el actual sistema de "compensación equitativa por copia privada", el conocido comúnmente como "canon digital", unatasa legal por la que los autores permiten a los particulares copiar sus obras sin necesidad de consentimiento expreso a cambio de una determinada cantidad con el fin de paliar un hipotético daño a sus derechos de autor.
Hasta ahora, el canon se cobraba de forma indiscriminada a todos aquellos agentes (personas físicas y jurídicas) que adquirieran los soportes y equipos susceptibles de almacenar contenidos protegidos, según el listado oficial aprobado por el Gobierno socialista en 2008. Sin embargo, la sentencia modifica de forma radical el actual sistema vigente en España, ya que establece que no se puede aplicar de forma "indiscriminada". Así, empresas, profesionales y administraciones públicas quedarían exentos del pago de dicha tasa.
El problema es que, según la orden aprobada por el Ejecutivo, las entidades de gestión (cuyo máximo exponente es la SGAE) tienen derecho a cobrar unos 110 millones de euros al año mediante el cobro del canon digital. Una parte sustancial de esta cifra provenía de la tasa a aplicada a soportes y equipos adquiridos por personas jurídicas, justo las que ahora excluye el Tribunal de Luxemburgo.
Así pues, ¿cómo compensar esta diferencia? Las entidades de gestión ya trabajan a pleno rendimiento en la elaboración de un nuevo modelo de canon digital que, una vez discutido y negociado con la patronal tecnológica (Asimelec), será presentado al Ministerio de Cultura.
El director general de Asimelec, José Pérez, señala que "esta sentencia va a tener un enorme calado ya que va a exigir cambiar la normativa española que define actualmente el modelo de canon digital para adecuarlo a la legislación europea". Asimismo, el portavoz de las entidades de gestión, Rafael Sánchez, coincide en que el actual modelo "deberá ser modificado. Industria tecnológica y entidades tendremos que negociar un nuevo sistema" para cumplir con los preceptos que establece la ley, ya que el Gobierno está ahora obligado a incluir nuevas "excepciones" al pago del canon digital (personas jurídicas).
Tanto en 2003, pero sobre todo en 2008, años en los que se modificaron las tarifas a aplicar y el listado de productos gravados con el canon, industria tecnológica y entidades de gestión negociaron un determinado modelo, consistente en tratar de reducir al máximo las tarifas a cambio de repartir la factura entre todos los agentes obligados por ley a compensar a los autores por la copia de sus obras (tanto personas físicas como jurídicas), según fuentes del sector. Luxemburgo acaba de señalar que este modelo indiscriminado es contrario al Derecho Comunitario. Según la sentencia, el canon digital tan sólo se puede aplicar a las personas físicas (particulares).
Nueva negociación
Por el momento, ya hay encima de la mesa dos posibles vías para establecer un nuevo canon y cubrir así los citados 110 millones:o bien subir las tarifas a los particulares o bien repercutir directamente parte del canon a los fabricantes, proveedores e importadores de productos tecnológicos. Ésta es, precisamente, una de las propuestas que se han barajado en la Comisión de Cultura en el Congreso, encargada de estudiar la legislación relativa a derechos de autor en España.
La cuestión aquí es que, según el TJUE, si bien el canon se aplica a los fabricantes, éstos pueden repercutir legítimamente dicha tasa al usuario final incluyéndola en el precio de los productos. Pese a ello, las grandes empresas tecnológicas denuncian que el canon digital daña a la industria y lastra su competitividad internacional, ya que encarece el precio de sus productos.
En definitiva, se prepara una nueva negociación entre patronal tecnológica y entidades. Los autores ya trabajan en una propuesta para modificar el canon digital en España. Pero este proceso coincide en el tiempo con una nueva negociación a nivel comunitario para adaptar la normativa sobre derechos de autor -vigente desde 2001- al ámbito de internet y el mundo digital, con lo que el nuevo canon podría quedar en suspenso y no llegar a aplicarse a la espera de lo que suceda en Bruselas, según fuentes del sector empresarial.
"Sin carácter retroactivo"
Por otro lado, Sánchez explica aLibertad Digital que la sentencia del TJUE "no tendrá efectos con carácter retroactivo", es decir, que las entidades de gestión no tendrán que devolver el dinero del canon a empresas y entes públicos, tal y como asevera el abogado que ha llevado el caso, Josep Jover. Según este letrado, las empresas podrán exigir hasta 500 millones de euros tras la sentencia, en base al canon cobrado de forma ilegal a personas jurídicas durante los últimos años.
"Imposible", según Sánchez, ya que la recaudación del canon ha sido muy inferior a 100 millones anuales desde 2003, pero es que, además, "la sentencia no dice nada acerca del carácter retroactivo".
Jover, por el contrario, declara a LD que "ya hay tres ayuntamientos dispuestos a reclamar en los tribunales la devolución del canon digital pagado en los últimos años". Así, una oleada de reclamaciones por parte de empresas y entes públicos amenaza con reproducir este tipo de casos en los juzgados de España.
Además, recuerda que la sentencia califica de ilegal la exigencia del canon a las empresas comercializadoras (tiendas) con efectos retroactivos, como es el caso de todos los procedimiento vigentes –y el de Padawan, artífice de la sentencia del TJUE–, "sin que éstas hayan tenido la posibilidad real de trasladar ese importe a los consumidores finales (por ejemplo, porque la ley no exigía la aplicación del canon en determinados productos en concreto)". Además, "se abre la puerta a solicitar que se anulen todas las sentencias que obligaban a personas no físicas a pagar el canon".
Por último, Jover advierte de que el Estado español tiene la obligación de dejar de aplicar el canon "inmediatamente tal y como lo hace ahora, asumiendo la responsabilidad de lo indebidamente hecho".
"Cuando el Estado construye un puente... y éste se cae por su mal diseño, el Estado paga los daños y desperfectos a los damnificados. Si ha diseñado una ley equivocada... y ésta se ha caído, ha de pagar los daños y desperfectos ocasionados; y el que recaudó indebidamente devolver lo irregularmente adquirido", concluye el abogado.

2010/10/22

La sentencia sobre el canon digital siembra dudas entre los consumidores

20minutos

Las asociaciones de consumidores han coincidido en considerar que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) que declara ilegal el canon digital que se aplica en España a todos los equipos de reproducción digital siembra dudas sobre su aplicación a los particulares. Estas asociaciones han criticado el hecho de que el fallo se refiera solo a los soportes de reproducción adquiridos por empresas y profesionales, ya que "criminaliza al particular" al presuponer el tribunal que va a ejercer la piratería.
La Organización de Consumidores y Usuarios

La portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), Ileana Izverniceanu, ha señalado que la sentencia "abre un camino a lo que entendíamos que era una injusticia" y da por hecho que los consumidores que adquieran equipos de reproducción los van a utilizar "de manera delictiva". "Si la sentencia dice que el canon no es conforme al Derecho comunitario para aquellos equipos que sean adquiridos por profesionales, es mucho menos conforme a Derecho en el caso de los consumidores", ha señalado.

A su juicio, el fallo judicial "hace una diferenciación tremenda y un agravio comparativo", aunque "abre un camino para seguir peleando por la injusticia de un canon que afecta a todos los usuarios".
La Unión de Consumidores de España

Dacio Alonso, de la Unión de Consumidores de España (UCE), ha señalado que la sentencia había creado muchas expectativas "porque hay un sentimiento generalizado" de que la Sociedad General de Autores (SGAE) estaba cometiendo un abuso al cobrar el canon de forma indiscriminada, "convirtiendo -ha precisado- a todos los consumidores casi en delincuentes".

La resolución del alto tribunal europeo ha provocado "una profunda frustración" para la UCE, ya que se limita exclusivamente a resolver el conflicto de la SGAE con los profesionales y las empresas. "Ahora nos quedamos en solitario los consumidores, a los que se nos presupone que todos vamos a trapichear", ha señalado Alonso. A su juicio, el mismo argumento que utiliza el Tribunal de Justicia de la UE para evitar que las empresas paguen el canon, se debería usar para que no repercuta en los consumidores.
FACUA

En la misma línea, Rubén Sánchez, portavoz de FACUA, cree que es "contradictorio" presuponer que los particulares van a utilizar siempre los sistemas de almacenamiento de archivo para grabar obras protegidas por derechos de autor y lo contrario para empresas y profesionales. Sánchez ha recordado que "hay multitud de usuarios que cuando compran una CD o un DVD su objetivo es almacenar las fotos de las vacaciones".

Para el portavoz de FACUA (Consumidores en Acción), el Gobierno debe ahora emprender una reforma legal integral, en la que el concepto del canon cambie por completo y deje de afectar tanto a empresas como a particulares.
Confederación Española de organizaciones de amas de casa

El responsable de lo servicios jurídicos de la Confederación Española de organizaciones de amas de casa (CEACCU), Eugenio Ribón, entiende que la sentencia puede resultar extensible a los consumidores y usuarios "por aplicación analógica", aunque el tribunal responda a una cuestión planteada por un juzgado de Barcelona sobre un litigio que enfrentaba a una empresa con la SGAE.

A su juicio, "lo que se rechaza, en suma, es la presunción de criminalidad que atribuye la SGAE a cualquier adquirente de soportes informáticos". "El tribunal europeo dice que se está ejerciendo un abuso por la presunción de pirateo que se va a hacer y el pirateo lo puede hacer tanto una empresa como un particular", ha subrayado. No obstante, si la SGAE persiste en el cobro del canon a los consumidores, la CEACCU va a poner a disposición de los ciudadanos unos modelos de demanda judicial que se descargarán gratuitamente en Internet.
Confederación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios

De "muy buena decisión" ha calificado la sentencia el portavoz de la Confederación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios (CECU), Antonio López, quien ha considerado que ahora el Gobierno deberá buscar una alternativa para que los autores puedan cobrar sus derechos.

"Es cierto que hay una industria discográfica que se está hundiendo y hay que solucionarlo, pero no con un canon indiscriminado para todo el mundo, los que cometen ilegalidades y los que no", ha apostillado.

La claves para entender el canon digital

La Vanguardia

El Tribunal de Justicia de la UE decidió hoy que el canon digital español contraviene la legislación europea, en una sentencia que reaviva el enfrentamiento entre entidades de gestión de derechos de autor y fabricantes de electrónica e internautas. 
Estas son algunas de las cuestiones en torno a esta controvertida tasa:

- ¿Qué es el canon digital? Es la tasa que se aplica sobre equipos y soportes electrónicos de uso masivo como móviles, MP3 y MP4, memorias USB, CDs, DVDs o discos duros externos para compensar los derechos de propiedad intelectual que los creadores dejan de percibir por la práctica de la copia privada.

- ¿Tasa o impuesto? El canon no es un impuesto, ya que no se cobra directamente al ciudadano sino a los fabricantes e importadores de equipos y soportes para la reproducción de obras, así como a los sucesivos adquirientes en la cadena de distribución. Sin embargo, en la práctica, esta tasa, que debe ir desglosada en las facturas, acaba siendo un impuesto indirecto al elevar el precio final del producto.

- ¿Quién decide las tarifas del canon?
Los ministerios de Cultura e Industria fijan los soportes y equipos a los que afecta el canon, así como la tarifa correspondiente en cada uno de ellos. Las tasas fueron fijadas el 18 de diciembre de 2007 y entraron en vigor el 1 de julio de 2008.

- ¿Cuáles son los soportes obligados a pagar el canon y cuáles son sus tarifas?
El Boletín Oficial del Estado establece las siguiente clasificación:
- Soporte CD-R (0,17 euros).
- Soporte CD-RW (0,22 euros).
- Soporte DVD-R (0,44 euros).
- Soporte DVD-RW (0,60 euros).
- Grabadora CD (0,60 euros).
- Grabadora CD+DVD (3,40 euros).
- Memoria USB (0,30 euros).
- Teléfonos móviles/PDA MP3 (1,10 euros).
- MP3 y MP4 (3,15 euros).
- Discos duros, integrados o no en equipos, o U Autónoma Almac (12 euros).
- Fotocopiadoras, dependiendo de la velocidad: entre 13 ? y 227 ? (tarifa ésta para copiadoras que sobrepasan las 70 copias/minuto)
- MF Inyección Tinta (7,95 euros).
- MF Láser (10 euros).
- Escáner (9 euros).

- ¿A dónde va el dinero del canon? Aunque los artistas son el objeto último de beneficio de este canon, son las sociedades de gestión de derechos de autor las que administran el cobro del mismo.
En España, son ocho las entidades de este tipo: Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA), Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO), Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI), Artistas Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AIE), Visual, Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP), Artistas Intérpretes, Sociedad de Gestión (AISGE), y Asociación Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (DAMA).

- ¿Cuánto se recauda? Aunque las previsiones de los detractores del canon calculaban que la recaudación ascendería a los 1.200 millones de euros, las entidades de gestión ingresaron 100,2 millones de euros el año pasado, mientras que en 2008 el canon digital supuso 83,3 millones de euros.

- Fundamentos legales: En España, la legislación contempla por primera vez los derechos de autor en 1987 con la Ley de Propiedad Intelectual. En 1992 comienzan a gravarse los primeros artículos analógicos, aunque no es hasta 1996 cuando el texto refundido de la ley, en su artículo 25, obliga a poner en la factura el importe del canon y a cobrarlo.

En 2006 entra en vigor la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual, que establece una revisión o actualización de soportes sujetos a canon (lápices USB, reproductores MP3, teléfonos móviles que reproducen música, discos duros externos, etc.) y sus tarifas.

Esta actualización se plasma finalmente en una orden ministerial el 20 de junio de 2008. Afecta a una veintena de soportes y equipos electrónicos.

- ¿Qué otros países aplican el canon? Veintidós países de la UE han implantado la tasa -aunque sin homogeneidad en cuanto a productos y porcentajes-, excepto Luxemburgo, Irlanda, Reino Unido, Malta y Chipre que carecen de este sistema. Las diferencias están en las tarifas. Francia es el estado miembro que más grava los CD vírgenes.

El canon sobre éstos es de 0,35 euros, mientras que en Alemania no llega 0,1 euros. En España es de 0,17 euros. En los DVDs vírgenes la diferencia es aún mayor. Dinamarca, Holanda y Portugal sólo aplican canon a los soportes de almacenamiento de vídeo y audio. Además de estos artículos, tienen canon los MP3 o grabadoras de CD en Austria, Alemania, Bélgica, Francia, Finlandia, Grecia, Hungría Italia, Islandia, Letonia, Lituania, Eslovaquia, España, República Checa, Polonia y Suecia.

- A favor y en contra:
Entre los defensores del canon está el Gobierno, así como las ocho entidades de gestión de derechos de autor que existen en España. Además, otras formaciones políticas como IU están a favor de la tasa pero consideran que debería gestionarse desde una entidad pública, o ERC, que también pone objeciones para no perjudicar a los usuarios.

Entre los detractores, algunos de ellos discuten la aplicación indiscriminada del canon y otros abogan por su total eliminación. En el ámbito político, el PP considera "injusto y arbitrario" el canon, y UPyD lo tilda de un "impuesto medieval".

Plataformas sociales como Todoscontraelcanon se han opuesto frontalmente, mientras que los empresarios organizados en ASIMELEC piden una rebaja del mismo, y los internautas, en una encuesta realizada por la Asociación para la Investigación de Medios mostraron por mayoría absoluta su oposición.

España buscará "una alternativa" tras la sentencia de la UE contra el canon

La Vanguardia

La ministra española de Cultura, Ángeles González-Sinde, ha anunciado que tras la sentencia contra el canon digital dictada hoy por el Tribunal de Justicia de la UE, el Gobierno buscará "una alternativa" junto a "los otros países europeos que se van a ver afectados" por el fallo judicial. 
"Cuando conozcamos la sentencia en su totalidad se estudiará y nos sentaremos a hablar con todos los sectores involucrados", ha señalado González-Sinde en declaraciones a Televisión Española (TVE) al conocer el fallo.

La ministra ha añadido: "Buscaremos, con los otros países europeos que se van a ver afectados por esta sentencia, una alternativa".

Según el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el canon digital que se aplica en España a todos los equipos de reproducción digital como compensación a los creadores por la copia privada no está en línea con la legislación comunitaria.

González-Sinde dice que la sentencia sólo insta a "afinar" el canon digital

La Vanguardia

La ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde, afirmó hoy que la sentencia del Tribunal de Luxemburgo insta a "afinar" y no a eliminar el canon digital, pero ante todo "reconoce el derecho de los autores a percibir una compensación equitativa por la copia privada". 
"Lo que viene a señalar es que hay que afinar el mecanismo mediante el cual se aplica esa compensación a los profesionales y empresas", pero "despeja todas las dudas sobre la legalidad de esta compensación", explicó a los medios en la sede de la Academia de Cine de Madrid, donde asistió a la entrega del Premio al Cine y Valores Sociales a la actriz andaluza María Galiana.

La sentencia, emitida hoy por el Tribunal, reconoce la incompatibilidad con la legislación europea de este canon aplicado hasta ahora de manera indiscriminada a particulares, empresas y administraciones en los equipos y soportes electrónicos.

Para corregir esta incompatibilidad, el Gobierno buscará "el equilibrio, como en todo lo que tiene que ver con la digitalización, con los derechos de los usuarios y creadores y productores en internet", reconoció González-Sinde.

"Es una materia que compartimos cien por cien con el Ministerio de Industria. Tenemos que leer atentamente, estudiar esa sentencia, escuchar cuál es el criterio de la Comisión (Europea) en lo que afecta a Europa.

Escucharemos como siempre a todas las partes hasta encontrar esa manera de aplicar esa compensación", indicó. Y entre ellas, "las entidades de gestión, por supuesto, serán parte de ese proceso, de esa interlocución y de ese diálogo como lo han sido en todo momento", aseguró, porque es "una cuestión muy técnica pero plural al mismo tiempo", defendió la ministra.

Las consecuencias no sólo afectan a España, sino a "20 países de 27" en la Unión Europea. "Es un tema cien por cien europeo", aseguró, y defendió el camino tomado por el Gobierno hasta ahora.

"La otra vía es la de los países como Reino Unido o Irlanda que prohíben absolutamente esa copia privada. Nosotros creemos que el conocimiento y la cultura deben hacer esa transformación hacia el mundo digital y toda la sociedad estamos haciendo esos ajustes toda la sociedad hacia ese camino que permite la distribución de la cultura de otra manera", concluyó.

Golpe a la SGAE: el canon digital a empresas y profesionales es ilegal

Libertad Digital

Tras años de lucha judicial, una pequeña tienda de informática española se ha llevado el gato al agua después de vencer en los tribunales a la todopoderosa SGAE y a las restantes entidades de gestión también personadas en el procedimiento en Luxemburgo (AIE, AGEDI, CEDRO y EGEDA).
El caso se remonta a 2004, año en el que Ana María Méndez, la propietaria de la empresa barcelonesa Traxtore (nombre con el que opera Padawan), recibe la primera comunicación oficial de la SGAE. En la misiva, la entidad de gestión que preside Teddy Bautista comunica a dicha empresaria que vaya preparando toda la documentación pertinente para llevar a cabo una auditoría interna, con el objetivo de verificar las "operaciones sometidas a remuneración".
Es decir, los equipos y soportes informáticos vendidos por la tienda y sujetos al pago del denominado canon digital, una tasa destinada a gravar todos aquellos productos susceptibles de poder reproducir y almacenar obras protegidas por los derechos de autor -desde CDs y DVDs, hasta MP3 e impresoras-.
La SGAE reclamaba así el cobro del canon a esta tienda por los productos digitales comercializados entre 2002 y 2004. Es decir, tanto antes como después de septiembre de 2003, fecha en la que la patronal tecnológica (Asimelec) y las entidades de gestión acuerdan las tarifas del canon a aplicar sobre determinados soportes y equipos. Sin embargo, las tarifas sobre CD y DVD no se incluyen en el texto de la Ley de Propiedad  Intelectual (LPI) hasta mediados de 2006 con carácter provisional, y no es hasta mediados de 2008 cuando se publican las tarifas definitivas así como el listado de productos gravados con el canon digital.
Desde entonces, la empresa inicia una dura y larga lucha en los tribunales de España enfrentándose al cobro indiscriminado del canon por parte de la SGAE. Tras diversas resoluciones y recursos, el caso, defendido por el abogado Josep Jover, presidente de Apemit (Asociación Española de Pequeñas y Medianas Empresas de Informática y Nuevas Tecnologías), acaba finalmente en manos del Tribunal de Justicia de la UE en Luxemburgo en 2008, después de que la Audiencia Provincial de Barcelona trasladase el caso al máximo órgano jurisdiccional de la UE, paralizando así numerosos procedimientos a la espera de sus pronunciamiento.
Y es que, los sistemas de canon digital (conocidos técnicamente como "compensación equitativa por copia privada") existentes en Europa derivan de una directiva comunitaria  que debía haberse transpuesto al derecho español antes del 22 de diciembre de 2002, aunque no se transpuso, y además se hizo mal -tal como acreditan los órganos jurisdiccionales comunitarios-, hasta mediados de 2006. De ahí, precisamente, que sea Luxemburgo, en última instancia, el encargado de interpretar si la aplicación de esta normativa en los distintos países se ajusta o no a derecho.
Pues bien. Tras meses de espera, el TJUE ha emitido este jueves su sentencia. Y el resultado no es, desde luego, favorable a la pretensiones de la SGAE y el resto de entidades de gestión personadas en el caso (AIE, AGEDI, CEDRO y EGEDA, las más importantes del país tras la entidad de Baustista).
La conclusión de Luxemburgo es clara: la aplicación del "canon por copia privada" a los dispositivos no adquiridos por personas físicas, sino adquiridos por empresas, profesionales y administraciones públicas, para fines distintos de la copia privada, no es conforme con el Derecho de la Unión Europea.
Dicho de un modo más comprensible, las empresas, profesionales y entes públicos quedan exentos de pagar el canon digital que, hoy por hoy, se aplica de forma indiscriminada a la lista de soportes y equipos informáticos elaborada por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero.
A continuación, las claves de la sentencia:
1. Es legítimo que los fabricantes, importadores o distribuidores abonen a las entidades de gestión colectiva de los derechos de propiedad intelectual una compensación única, determinada para cada medio de reproducción, bajo la forma de canon por copia privada, en la medida en que dichas empresas tengan la posibilidad de repercutir la carga real de tal financiación sobre los usuarios privados.
2. El canon nace para compensar el perjuicio sufrido por el autor tras la reproducción privada de su obra protegida y, por lo tanto, el criterio para aplicar el importe de esta tasa vendrá determinado por dicho "perjuicio", teniendo en cuenta que no hay obligación de compensar en aquellos casos en que el perjuicio sea mínimo.
3. Sin embargo, la Directiva europea señala que este sistema de "compensación por copia privada" mantenga un "justo equilibrio" entre los titulares de los derechos (autores) y los usuarios de prestaciones protegidas (particulares). Por lo tanto, "la persona que realiza tal reproducción para su uso privado es quien, en principio, debe reparar el perjuicio, financiando la compensación que se abonará al titular" (canon digital).
4. Puesto que resulta muy complicado verificar quién realiza o no copias de obras protegidas, "los Estados miembros tienen la facultad de establecer un canon por copia privada que grava a las personas que disponen de equipos, aparatos y soportes de reproducción digital".
5. Ahora bien, según el Tribunal, un sistema de canon "sólo es compatible con dicho justo equilibrio en caso de que los equipos, aparatos y soportes puedan utilizarse para realizar copias privadas y, por lo tanto, puedan causar un perjuicio a los autores de obras protegidas". De este modo, el Tribunal considera que existe una "necesaria vinculación entre la aplicación del canon y la utilización para realizar reproducciones privadas".
6. Así pues, y éste es el punto clave, "la aplicación indiscriminada del canon en relación con todo tipo de equipos, aparatos y soportes de reproducción digital, incluido el supuesto de que éstos sean adquiridos por personas distintas de las personas físicas para fines manifiestamente ajenos a la copia privada, no resulta conforme con la Directiva".
¿Qué significa esto? Simplemente, que el cobro del canon digital a empresas y profesionales ("personas distintas a personas físicas") es ilegal. Todos ellos, deben quedar exentos del canon que grava productos y soportes tecnológicos, tal y como se venía aplicando en España. Lo mismo cabe decir respecto a las compras hechas por la Administración Pública, que también venían pagando canon.
7. Por otro lado, "nada impide que el importe del canon se repercuta en el precio de los soportes de reproducción o en el del servicio de reproducción, de modo que, en definitiva, los usuarios privados asumen la carga".
El problema es que la LPI establece que deben ser los fabricantes, y no el usuario final, quienes paguen el canon digital, tal y como ha reiterado la ministra de Cultura, Ángeles González-Sinde. La UE determina ahora que dicha afirmación carece de todo fundamento, tal y como avanzó Libertad Digital, lo cual evidencia su incultura respecto al canon. Y es que, el Tribunal de Luxemburgo señala sin género de dudas que los fabricantes pueden repercutir legítimamente el canon al consumidor final, incluyendo esta tasa en el precio del producto.
8. Por último, el Tribunal de Justicia recuerda que corresponde al juez nacional apreciar, a la vista de las respuestas facilitadas, si el sistema español del canon digital es compatible o no con la Directiva comunitaria. La cuestión es que, si bien la Audiencia de Barcelona tiene la última palabra sobre esta cuestión, el Tribunal de la UE deja muy claro que el canon que se cobra a profesionales, empresas y entes públicos es contrario al Derecho Comunitario y, por tanto, ilegal.
De hecho, en esencia, el Tribunal viene a dar la razón a la abogacía de la UE, encargada de llevar el caso en Luxemburgo, y tumba la perspectiva indiscriminada de la SGAE a este respecto.
Además, la Audiencia de Barcelona ya dictó en su día que las empresas u organismo públicos no paguen el canon digital. Se trata, pues, de un gran golpe a la SGAE y demás entidades de gestión y al sistema "indiscriminado" de canon digital impuesto por el Gobierno socialista en España.
Hasta ahora, todos, particulares, empresas y Administración Pública, estaban obligados por ley a pagar dicha tasa que, en teoría, sirve para compensar a los autores. Luxemburgo tacha este modelo de ilegal y contrario a Derecho, ya que tan sólo se puede aplicar a particulares, y que además en este caso la tarifa aplicable se debe basar en el daño causado.
De este modo, abre una vía de agua muy sustancial para que empresas y profesionales inicien acciones legales con el fin de solicitar la devolución del canon pagado en los últimos años mediante la compra de productos tecnológicos.
Así pues, Padawan, una pequeña tienda de informática barcelonesa, ha ganado la guerra a la todopoderosa SGAE y al resto de entidades de gestión, pero su victoria favorece a miles de empresas y profesionales, así como a todos los niveles de Administración Pública (Ayuntamientos, Administración Autonómica y Administración del Estado) y, por lo tanto, a los contribuyentes, ya que obliga a cambiar el actual sistema, tal y como reconoce la propia Sinde. Gran golpe a la SGAE, gran golpe al Gobierno de Zapatero.

2010/10/20

El Tribunal de la UE determinará el jueves si el canon digital español es legal

El Mundo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) publicará el jueves su sentencia en la que determinará si el canon aplicado en España a todos los equipos de reproducción digital -el llamado canon digital- como compensación a los creadores por la copia privada es compatible con el derecho europeo.
Las conclusiones de la abogada general de la Corte con sede en Luxemburgo ya señalaron en mayo que esa tasa sólo puede gravar los equipos, aparatos y materiales de reproducción digital que presumiblemente se utilicen para realizar copias privadas, y que no puede aplicarse indiscriminadamente a empresas o profesionales que los utilicen para otras finalidades.
Las conclusiones que emiten los abogados generales no vinculan al Tribunal, pero éste suele pronunciarse en el mismo sentido en la mayor parte de los casos.
La Corte ha examinado el pleito que enfrenta a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) y la compañía de soportes audiovisuales Padawan, S.L., que se niega a pagar el canon compensatorio por copia privada al considerar que no siempre se utilizan para grabar obras protegidas por derechos de autor, sino también para el registro de datos privados o empresariales.
La SGAE reclama a Padawan -que vende CD, DVD o MP3- el pago de una compensación a tanto alzado por copia privada por importe de 16.759,25 euros, correspondiente a los dispositivos vendidos entre septiembre de 2002 y septiembre de 2004.
La Audiencia Provincial de Barcelona preguntó a la Corte europea si el canon es conforme con la directiva comunitaria 2001/29 sobre derechos de autor, y si la SGAE puede reclamar la compensación por todos los dispositivos comercializados o sólo por los destinados a la copia privada.
Esa directiva señala que el derecho de reproducción del material sonoro, visual y audiovisual corresponde a los autores, intérpretes y productores, aunque admite que los estados miembros permitan las copias privadas, siempre y cuando velen por que los titulares de derechos reciban una "compensación equitativa" que les retribuya "adecuadamente" por el uso de sus obras protegidas.
La abogada general concluyó que el canon español no constituye una "compensación equitativa" al asignar una retribución a los titulares de los derechos por su aplicación "indiscriminada" a empresas y profesionales que, "según muestra la práctica", adquieren los aparatos y soportes de reproducción digital para fines ajenos a la copia privada.
Actualmente, 22 de los 27 países de la UE disponen de este tipo de canon, consistente en autorizar las copias privadas a condición de que los usuarios provean a los propietarios de los derechos de autor una compensación equitativa, señalaron a Efe fuentes europeas.
Irlanda, Reino Unido, Malta, Chipre y Luxemburgo no disponen de este sistema.
El Tribunal Europeo también examina un caso homólogo al que enfrenta a la SGAE con Padawan, y es también una petición prejudicial española: el caso de la Entidad de Gestión de Derechos de Productores Audiovisuales (EGEDA) contra la sociedad Magnatrading.
Otro asunto holandés se pregunta quién debe pagar este tipo de canon, y otro caso austríaco plantea la cuestión de a quién hay que pagar el canon por las reproducciones de obras cinematográficas, apuntaron las fuentes.

2010/09/22

España: El PP pide la supresión del canon digital

Libertad Digital

Asimismo, el PP asegura que con sus enmiendas articula un sistema equilibrado de protección de la propiedad intelectual y garantiza judicialmente los derechos de los usuarios.
El pasado 14 de septiembre, la portavoz del PP en el Congreso, Soraya Sáenz de Santamaría, avanzó que los populares rechazan la polémica disposición acerca del cierre de páginas web que permitan descargas de contenidos, porque este asunto debe tratarse a través de una Ley de Propiedad Intelectual y no en la Ley de Economía Sostenible.
Por su parte, IU-ICV-ERC ha registrado un total de 230 enmiendas parciales que siguen el espíritu de la de totalidad ya presentada la semana pasada, y plantea que "el derecho de autor es necesario para garantizar la creación cultural y la autonomía creativa, pero no puede entrar en contraposición con los derechos ciudadanos y de acceso a la cultura".
Así, en la decena de enmiendas sobre materias culturales, considera que algunas de las propuestas que el Gobierno introduce en esta disposición final segunda, que afectan a la gestión de la propiedad intelectual, pueden vulnerar derechos fundamentales, como lo son el derecho a la libertad de expresión y a la información.
De la misma manera, denuncia que los usuarios finales acaban soportando el coste asociado a los derechos de propiedad intelectual, ya sea por la adquisición de productos o por compensación de la copia privada, y se ven también claramente afectados por las decisiones que en el seno de la Comisión de Propiedad Intelectual puedan adoptarse en su función de arbitraje. Por tanto, propone que cuenten con un representante en la Comisión para la salvaguardia de sus intereses directos.
Propone además incluir a los representantes de los consumidores y usuarios entre los miembros natos de la Comisión de modo que en su composición se reflejen de forma equilibrada todas las sensibilidades y los intereses legítimos de todas las partes afectadas.
A su vez, en la presentación de enmiendas, Coalición Canaria propone que "no necesitarán autorización del autor las personas físicas o jurídicas para realizar actos de reproducción, distribución y comunicación pública de pequeños fragmentos de obras o de obras aisladas de carácter plástico, fotográfico figurativo o análogo cuando tales actos se hagan para la ilustración de sus actividades sin ánimo de lucro o sea una actividad sujeta a derecho público, siempre que se trate de obras ya divulgadas".
También alude a las condiciones para la utilización de las obras en dominio público "siempre que se cite al autor original y la obra derivada permanezca en el dominio público".

2010/09/15

Canon renueva su gama de productos

ITespresso

El hilo conductor de los nuevos lanzamientos presentados por Canon es la tecnología HS Systems, que combina sensor de alta sensibilidad con un procesador Digic4, gracias a la cual se consiguen mejorar las fotografías en condiciones de poca luz y mejorar características de velocidad. Entre las novedades la cámara Canon G12, que se caracteriza por ser la primera cámara compacta en incorporar un estabilizador híbrido y que además es capaz de hacer vídeos en alta definición a 720p con grabación de audio en estéreo y la posibilidad de utilizar multiformato.
Para celebrar el décimo aniversario de la serie Ixus Digital, Canon ha presentado la Ixus 1000 HS, “una cámara muy especial porque incorpora un zoom óptico de 10x en un cuerpo muy delgado”, aseguran desde Canon. Además, la Ixus Digital 1000 puede grabar vídeo en alta definición real 1080p. Finalmente destacar que incorpora la tecnología HS System mencionada anteriormente y que puede disparar en ráfagas y grabar vídeos a supercámara lenta.
La serie PowerShot recibe nuevos miembros, como la PowerShot SX 30, que incorpora un zoom óptico de 35x y que ofrece una longitud focal que va desde los 24mm a los 840mm “con el mejor estabilizador óptico de toda la gama”. También puede grabar vídeo en HD, a 720p, con sonido estéreo y posibilidad de hacer zoom óptico durante la grabación.
Canon también ha presentado la PowerShot SX130IS, la menor de la serie SX que además de un potente zoom de 12x permite tanto un control totalmente manual como un control totalmente automático.
En cuanto a las impresoras fotográficas, Canon también ha renovado producto con la nueva Shelpy CP800, disponible tanto en negro como en blanco, y que entre sus novedades destaca la posibilidad de imprimir directamente desde una memoria USB. Además, ahora también se pueden hacer collages, para lo cual el usuario podrá escoger el fondo, el número de imágenes que quiere agrupar y escoger la orientación vertical u horizontal. Y para convertir a este “pequeño laboratorio fotográfico” en un dispositivo portátil nada mejor que la batería opcional que ofrece Canon.
En la gama más alta de cámaras digitales Canon presenta la nueva EOS 60D, “pensada para usuarios avanzados, activos y exigentes”, que viene a sustituir a las EOS 50D y que entre sus puede citarse que incorpora una pantalla LCD con ángulo variable, aunque quizá más útil sea la posibilidad de procesar los RAW directamente desde la cámara. Además, la nueva EOS 60D permite realizar grabaciones de vídeo en Full HD 1080p.
En cuanto a videocámaras, Canon ha presentado la Legría HF M32 para grabación en alta definición que mantiene características de modelos anteriores y a la que se ha incorporado una memoria flash de 64GB que permite hasta 24horas de grabación. Incluye la opción Easyway to upload que no sólo hace una conversión de HD a SD sino que permite subir fácilmente todas las grabaciones a Internet.
En el terreno de las cámaras profesionales se han presentado los modelos XF 105 y XF100, “que destacan por su versatilidad de uso” y que incorporan un botón de infrarrojos para grabación nocturna.
Finalmente, en el segmento de impresión, la compañía renueva su gama con seis nuevos equipos multifunción Pixma, cuatro de los cuales son WiFi y, de éstos, tres son WiFi N (802.11n), lo que permitirá a los usuarios enviar sus documentos o imágenes a imprimir a una velocidad de 150Mbps, “y no sólo desde Windows, sino también desde Mac”, aclaran desde la compañía. Incluso también puede imprimirse desde dispositivos Android gracias a una aplicación, disponible gratuitamente desde Android Marketplace, con la que el usuario podrá escoger no sólo la impresora sino el tipo de papel que quiere utilizar.

2010/08/27

Canon desarrolla el primer sensor CMOS APS-H de 120 Mpíxeles

eWeek

Canon acaba de anunciar el desarrollo con éxito del primer sensor CMOS con tamaño APS-H capaz de ofrecer una resolución de 120 MPíxeles, o lo que es lo mismo, 13.280×9.184 píxeles.
Actualmente representa la resolución más alta del mundo para este tipo de sensores. El sensor CMOS APS-H de Canon comercializado que hasta ahora se encontraba en la primera posición ofrece 16,1 MPíxeles (el utilizado en cámaras réflex digitales como la Canon EOS-1Ds Mark III y EOS 5D Mark II), por lo que se mejora la resolución en 7,2 veces. El tamaño físico de los CMOS APS-H (los utilizados en las Réflex digitales) es de 2,9×2 centímetros.
En 2007 Canon ya desarrolló un sensor de 50 MPíxeles, pero no se había implementado en ningún modelo.
El sensor que nos ocupa permite obtener hasta 9,5 fotogramas por segundo a la máxima resolución, pero también permite grabar secuencias de vídeo en Full HD (1.920×1.080) sin problemas.
El fabricante japonés no ha especificado cuando estará disponible en el mercado de cámaras digitales.

2010/07/28

Canon supera las previsiones del segundo trimestre

Fuente: Yahoo!

Este representa el tercer trimestre consecutivo de ganancias interanuales para Canon, que tiene la mayor participación en el mercado mundial de cámaras, superando a Sony y Nikon.
El fabricante de las cámaras compactas IXY y las exclusivas cámaras EOS mantuvo en 360.000 millones de yenes (unos 2.675 millones de euros) su pronóstico de beneficios operativos para todo el año hasta el 31 de diciembre.
Esta cifra se compara con un pronóstico promedio de 384.000 millones de yenes obtenido en una encuesta de Thomson Reuters I/B/E/S a siete analistas.
Su ganancia operativa entre abril y junio fue de 113.400 millones de yenes, comparado con un consenso de 90.600 millones de yenes en un sondeo a cuatro analistas realizado por Thomson Reuters I/B/E/S.
Canon, que compite con Xerox y Ricoh en el mercado de equipos para oficina, dijo que estaba asumiendo tasas cambiarias de 90 yenes contra el dólar y de 110 yenes contra el euro para la segunda mitad de 2010.
Xerox superó la semana pasada los pronósticos de ganancias trimestrales gracias a una mayor demanda de sus servicios de impresión y tercerización, y revisó al alza su previsión en el año completo para incluir su compra por 5.500 millones de dólares en el 2009 de Affiliated Computer Services.

2010/07/21

Canon dice que podría subir su previsión de ventas de cámaras

Fuente: Yahoo!

La tecnológica japonesa Canon podría aumentar ligeramente su previsión de ventas de cámaras digitales para 2010, frente a los 25,9 millones de unidades actuales, gracias a las fuertes ventas de los modelos más sofisticados, dijo el martes el jefe de la división cámaras.
Masaya Maeda dijo también a Reuters que la compañía está trabajando en una versión más pequeña de su cámara réflex de alta gama con una sola lente, mientras intenta hacer frente a sus rivales que han presentado un nuevo y sofisticado tipo de cámara de gama alta considerada como una amenaza para la tradicional SLR.
Las ventas de cámaras compactas están en línea con el pronóstico actual de 21 millones de unidades para el año 2010, pero Maeda dijo que la fuerte demanda de los modelos SLR podrían colocarla por encima de su objetivo de 25,9 millones.
Los despachos de las empresas japonesas de cámaras digitales, que dominan el mercado, aumentaron cerca de un tercio en abril y mayo, en comparación con el año anterior.
Canon vendió 24,1 millón de cámaras en 2009.
El crecimiento de las ventas en Asia, especialmente en China, ha sido tan vertiginoso que las ventas en Asia son ahora comparables a las de Estados Unidos y Europa, dijo Maeda.
"Atendiendo al ritmo de crecimiento, Asia se ha convertido en el mayor (mercado) durante el curso de este año", dijo.
Maeda no ofreció detalles sobre la nueva cámara en desarrollo, ni del precio o la fecha de su lanzamiento o si la estructura interna incluiría un espejo.
Una cámara más pequeña y de alta calidad podría competir con la nueva variedad de alcance medio denominada "sin espejo", que comercializan Sony, Olympus y Panasonic y a la que posiblemente se unirá Nikon.
Los fabricantes han creado cámaras de alta calidad más compactas eliminando el espejo que permite al usuario observar la escena real a través de un visor, creando un nuevo segmento de mercado que es más popular en Japón y que según los analistas podría crecer rápidamente.
"No es una cuestión de si tienen o no un espejo. Existe una necesidad del consumidor de que las cámaras de buena calidad sean más pequeñas," dijo Maeda.
"Vamos a satisfacer esta necesidad", puntualizó.

Canon lanza sus impresoras Full HD

Fuente: eWeek.

Canon ha lanzado una nueva gama de impresoras Pixma que ofrecen una característica llamada Full High Definition Movie Print para la impresión de capturas de alta definición.
Además de esta tecnología, los nuevos modelos presentarán mejoras en el software Auto Photo Fix II para mejorar las fotos que se imprimen en ellas, además del software Easy-PhotoPrint EX que permite a los usuarios buscar y utilizar imágenes de Flickr.
Estas impresoras permiten a través de la característica Full HD Movie Print la impresión de fotogramas de películas de alta definición,.
Las impresoras MG5220 y MP495, ambas inalámbricas, además de las MG5120 y MP280, junto a la iP4820 ofrecen distintas características y hasta 5 cartuchos independientes de tinta y resoluciones de hasta 9.600×2400 puntos por pulgada.