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2014/08/26

La Oficina de Copyright USA dice que el selfie del mono no pertenece al fotógrafo

Hasta los monos se hacen selfies. Los autorretratos se están convirtiendo en el concepto de moda en los últimos meses pero la cuestión ha llegado a cotas legales cuando Wikipedia empleó una fotografía debida a la acción de un simpático primate que apretó el botón de la cámara de un fotógrafo que reclamó derechos de autor por el uso de la instantánea. La oficina estadounidense encargada de la propiedad intelectual ha dictaminado que el copyright no pertenece al fotógrafo al tiempo que reconoce que los animales no disponen de personalidad jurídica para ser titulares de derechos de propiedad intelectual.

La fotografía dio la vuelta al mundo al tratarse de un selfie efectuado por un macaco. Los autorretratos hechos con el móvil llevan meses convertidos en un lugar común y son habitualmente compartidos en la redes sociales. Este en concreto contaba con la originalidad añadida de ser obra del macaco que aparece en la misma, pero todo empezó a complicarse cuando Wikipedia publicó la imagen y David Slater, el fotógrafo propietario del instrumental con el que se obtuvo, protestó alegando que no se le había pedido permiso ni se le habían abonado los correspondientes derechos de autor.

La controversia llegó a suscitarse ante la Oficina de Copyright de Estados Unidos de América que acaba de hacer pública su decisión. La fotografía ha sido declarada oficialmente de dominio público al no existir una regulación acerca de las fotografías (o pinturas, o interpretaciones musicales…) efectuadas por animales, plantas o la propia naturaleza. Si dejamos varios tubos metálicos de distintas longitudes y diámetros en vertical sobre el suelo y el viento los derriba, la “melodía” resultante no sería composición de nadie. Si colocamos una planta frente a un lienzo y le sujetamos un pincel y con su crecimiento efectúa unos trazos tampoco será posible asignarle la autoría intelectual.

La Oficina de Copyright también se refiere a “obras creadas por seres divinos o sobrenaturales”, por si cabe alguna duda aunque sí establece la previsión de que se puede solicitar el depósito de copias de obras artísticas inspiradas por espíritus divinos. En el caso que nos ocupa específicamente se afirma que el selfie del primate (por cierto, obtenido en 2011) no puede ser objeto de registro como propiedad intelectual por parte de un humano. mono selfie

La imagen se tomó mientras David Slater, fotógrafo especializado en captar la naturaleza, dejó su equipo al alcance del macaco protagonista (a su pesar) de la controversia. Este tomó la cámara y al toquetearla acertó a apretar el botón de disparo, con el resultado que puede contemplarse junto a estas líneas.

Queda no obstante otra cuestión legal sobre la que probablemente Slater sí podría hacerse con una victoria: la relativa a la explotación económica del uso de la fotografía. Al igual que sucede, por ejemplo, en el cine, el guionista escribe la historia, los actores la interpretan, el director establece cómo se lleva a cabo el rodaje y el operador de cámara y los técnicos de sonido capturan la imagen y las palabras y el montador ensambla todo lo rodado… pero el propietario de la película es el productor por ser quien organiza los distintos medios necesarios para convertirla en una realidad.

Slater bien debería explorar esa vía y conseguir que los tribunales le declarasen propietario de los derechos de explotación comercial de la fotografía por haber puesto a disposición del “artista” los medios necesarios: fue Slater quien viajó al hogar del macaco, fue Slater quien cargó la batería de la cámara, quien le insertó una tarjeta de memoria, quien la dejó encendida y quien la acercó hasta el primate para que este se inmortalizase.

En ese caso y si Slater lograse ese reconocimiento y por tanto ganase dinero con la foto bien podría retribuir al autor con un suministro de plátanos. Yo sería cuidadoso con esta cuestión, no vayamos a desencadenar una rebelión simiesca que termine como en “El planeta de los simios”.

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