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2012/03/30

La UE ratifica la multa de 152 millones a Telefónica por sus abusos en banda ancha


Telefónica tendrá que conformarse finalmente con la multa millonaria que le impuso Bruselas por frenar la competencia en el mercado de banda ancha. El Tribunal Europeo de Justicia ha ratificado los 151,8 millones de euros con que la Comisión Europea castigó a la operadora en 2007 por intentar apartar a sus competidores mediante la imposición de unos precios mayoristas demasiado elevados como para que operaran sin incurrir en pérdidas. Telefónica ya ha anunciado que recurrirá el fallo.
La sanción, la segunda mayor que hasta entonces había impuesto Competencia después de la de Microsoft (casi 500 millones de euros), se impuso por “un abuso muy grave” de posición dominante en el mercado y la compañía española la recurrió por “inexplicable, injustificada y desproporcionada”.
La entonces comisaria de Competencia, Neelie Kroes, se mostró muy contundente contra la operadora al comunicar su decisión, en julio de 2007: “No consentiré que las empresas dominantes fijen unos precios que den al traste con la liberalización de las telecomunicaciones”. Fuentes del tribunal aseguran que aún cabe recurso de casación ante este mismo organismo, aunque la decisión adoptada hoy determina en gran medida la posición de este tribunal en relación con el caso Telefónica.
El tribunal desestima así tanto el recurso que presentó Telefónica como el del Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, que se puso de lado de la compañía, pues “la Comisión declaró acertadamente que el operador había abusado de su posición dominante” durante el periodo de infracción, entre 2001 y 2006, asegura el organismo de justicia. Durante ese periodo, la compañía conservó una cuota de mercado superior al 84% en la fijación a sus competidores del precio de acceso a la red de ADSL. El tribunal valora que la empresa no haya negado estas cifras y considera que disponía “de un monopolio de hecho” en ese mercado. El Tribunal de la UE ya ha publicado tanto la sentencia que desestima el recurso de Telefónica como la que deniega el del Gobierno.
En esa nota, el tribunal considera que Telefónica “disponía de margen de maniobra suficiente para determinar su política de precios”, sin necesidad de acogerse al máximo que fijaba el regulador español, la Comisión del Mercado de Telecomunicaciones. Además, la justicia europea subraya que el hecho de acogerse a lo legalmente establecido en España “no la protegía frente a una intervención de la Comisión con arreglo al derecho de la competencia”.

Este organismo recuerda que las normas de la Unión en competencia completan, mediante el ejercicio un control a posteriori, el marco que adopta el regulador para regular con carácter previo los mercados de las telecomunicaciones.
Para el tribunal, “la CMT nunca había analizado la existencia de un efecto de estrechamiento de márgenes con arreglo a los costes reales de la empresa, sino sobre la base de estimaciones que no habían sido confirmadas en la práctica por la evolución del mercado”.
La Comisión consideró que, con estas prácticas, el operador histórico español debilitaba a sus rivales, dificultando que mantuvieran su presencia y su crecimiento, y les obligaba a incurrir en pérdidas si querían igualar los precios minoristas de Telefónica. El resultado es que los consumidores españoles pagaban por el acceso a la banda ancha un 20% más que el promedio comunitario.
Telefónica ya ha anunciado que recurrirá en casación ante el Tribunal de Justicia la sentencia. En un comunicado, la operadora señaló “su total y profundo desacuerdo” con la sentencia y mantiene “su total y escrupuloso respeto a la regulación de telecomunicaciones impuesta, en el momento de los hechos, por el organismo regulador español, la CMT, que al igual que la CE, vela por asegurar la libre competencia en España”.

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